Aclara comisario municipal que diputada oaxaqueña no fue detenida tras percance vial al conducir ebria

Comisario General de Seguridad Pública y Vialidad Municipal
El fuero no la exime del pago de las infracciones al Reglamento de Tránsito Municipal

* Por conducir en tercer periodo de ebriedad debe cubrir 60 salarios mínimos, es decir tres mil 683 pesos

* Por haber participado en un hecho de tránsito tendrá que pagar 37 salarios mínimos, dos mil 270 pesos

Oaxaca, Oax.- El comisario General de Seguridad Pública y Vialidad Municipal, Cuauhtémoc Zúñiga Bonilla, aclaró que la diputada Martha Patricia Campos Orozco no fue detenida por elementos de la corporación luego del percance vial en el que estuvo involucrada ayer al conducir en tercer periodo de ebriedad.

Dijo que el incidente de tránsito ocurrió bajo el puente del crucero de Cinco Señores alrededor de las 19:00 horas del miércoles 24 del presente, cuando la diputada le dio alcance a un vehículo.

Al lugar acudieron elementos de la Policía Vial y debido al aparente estado de ebriedad de la diputada y a fin de resguardar su seguridad, así como facilitar la conciliación con la parte afectada se trasladaron ambas a las instalaciones de la Policía Vial.

Aquí se le invitó a que solicitara el apoyo de una persona de su confianza por lo que al lugar acudió su asesor, quien acordó con la parte afectada cubrir la cantidad de dos mil 500 pesos por los daños ocasionados.

La legisladora por el Distrito IV de Tlacolula no cooperó para realizarle la prueba del alcoholímetro por lo que se le realizó una evaluación clínica por el personal médico en turno que certificó que se encontraba en tercer periodo de ebriedad

De acuerdo con los artículos 12 y 13 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca, los diputados gozan del fuero que reconoce la Constitución Política del Estado, por lo que sin dejar de ser responsables por los delitos, faltas u omisiones en que incurran durante su encargo, no pueden ser detenidos, ni ejercitarse en su contra la acción penal, hasta que se agote el procedimiento que establece la misma Ley, sin embargo ello no la exime del pago de las infracciones al Reglamento de Tránsito Municipal, explicó.

De acuerdo con la Ley de Ingresos vigente, por conducir en tercer periodo de ebriedad deberá cubrir lo equivalente a 60 salarios mínimos, es decir tres mil 683 pesos, en tanto que por haber participado en un hecho de tránsito cuando conducía en estado de ebriedad tendrá que pagar lo equivalente a 37 salarios mínimos que suma dos mil 270 pesos.

Zúñiga Bonilla manifestó que las infracciones se aplicaron y entregaron para su pago, en tanto que el vehículo fue retenido y podrá ser liberado 24 horas después, una vez cubiertas las infracciones correspondientes y acreditándose la propiedad del mismo.


josé

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