Avala Senado que la CNDH interponga acción de inconstitucionalidad en defensa de derechos humanos

* La acción de inconstitucionalidad debe ser acorde con la Constitución y con la ley en materia de derechos humanos
* Se fortalece aún más los principios en el artículo 1 de la Constitución del control de convencionalidad e interpretación del principio pro persona: De la Peña

México, DF., 15-dic-2014.- El Senado de la República aprobó el decreto por el que se reforman los artículos 61 y 71 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución, a fin de adecuar las leyes federales a la reforma constitucional del 2011, en materia de derechos humanos.

Con ello, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) podrá interponer acción de inconstitucionalidad en contra de leyes federales, leyes locales y tratados internacionales en los que México sea parte y que vulneren los derechos humanos reconocidos en el texto constitucional.

El dictamen aprobado con 90 votos a favor, señala que la acción de inconstitucionalidad debe estar acorde tanto con la Constitución como con la ley en materia de derechos humanos, en el entendido de que las acciones de inconstitucionalidad tienen en muchas ocasiones la misión de defensa y salvaguarda en la materia.

Angélica de la Peña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), explicó que la reforma al 61 establece que la demanda por la que se interpone la acción de inconstitucionalidad deberá contener, además de los requisitos procesales y preceptos constitucionales que se estimen violados, los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales.

Mientras que en el artículo 71 se plantea que al dictar la resolución, la Corte podrá fundar en su declaratoria de invalidez, la violación de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los cuales México sea firmante, haya o no invocado en el escrito en su escrito inicial.

Con esta reforma, dijo, se fortalecen aún más los principios en el artículo 1 de la Constitución del control de convencionalidad e interpretación del principio pro persona, y es lógico concluir que las autoridades que deben respetar y hacer respetar los derechos humanos, deben tomar en consideración todos los derechos vigentes en el país.

El dictamen con modificaciones fue devuelto a la Cámara de Diputados.

josé

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