El delito de pederastia no debe prescribir; responsables y encubridores deben ser castigados: Juárez Piña

Diputada perredista
Presentó una iniciativa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión
* La reforma al Código Penal Federal prevé adicionar el artículo 209 Quáter para establecer la imprescriptibilidad de este delito y adicionar un último párrafo al artículo 400 para sancionar a quien encubra al delincuente

* México se ha convertido en el destino principal de quienes fueron procesados por delitos sexuales contra menores de edad en Estado Unidos durante 2013

México, DF.- A fin de evitar la impunidad de pederastas, garantizar justicia a las víctimas e impedir la reiteración de ese delito, la diputada Verónica Juárez Piña propuso reformar el Código Penal Federal para evitar la prescripción de la acción penal y castigar tanto a los responsables como a sus encubridores, incluso si son servidores públicos.

Mediante una iniciativa presentada a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y legisladora por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) señaló que se trata de anteponer el interés superior de la niñez al de la norma y, en consecuencia, superponer la justicia a la impunidad.

Recordó que la Constitución Política obliga al Estado Mexicano a anteponer el interés superior de la niñez en todas sus decisiones y actuaciones para garantizar su desarrollo integral, pero la comisión de delitos en su contra, como el de la pederastia, daña severamente la consecución de ese objetivo.

También, refirió que México se ha convertido en el destino principal de quienes fueron procesados por delitos sexuales contra menores de edad en Estado Unidos durante 2013, de acuerdo a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de ese país.

Juárez Piña coincidió que si bien el delito de pederastia no es un fenómeno novedoso o de recientes repercusiones, es un crimen que ha crecido desproporcionadamente en los últimos años, particularmente a manos de sacerdotes de San Luís Potosí, Puebla, Distrito Federal y Oaxaca, quienes han sido acusados de abuso sexual de decenas de menores de edad.

“Al abuso sexual infantil se añade la del delito de encubrimiento institucional por parte de las autoridades de la iglesia católica, o de cualquier otro culto, y de los ministerios públicos, ya que en lugar de haber informado a las autoridades correspondientes, se les ha encubierto, protegido, amparado e inclusive hasta defendido a ultranza, sin importar el dolor y el daño que se ocasionan a las víctimas”, denunció.

Con base en estos antecedentes, Juárez Piña consideró plenamente justificada y legítima la preocupación y exigencia de distintos actores sociales por el incremento de este delito para demandar a las y los legisladores revisar el marco normativo para ajustarlo a los compromisos también asumidos por México a nivel internacional.

La reforma al Código Penal Federal de la diputada Juárez Piña prevé adicionar el artículo 209 Quáter para establecer la imprescriptibilidad de este delito y adicionar un último párrafo al artículo 400 para sancionar a quien encubra al delincuente.

josé

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial