Emite CNDH recomendación al Ayuntamiento de Santiago Ixcuintla, Nayarit, por muerte de hombre

Dirige CNDH Recomendación
Por muerte de un hombre atribuida a policías municipales.

* Por incumplir la que le dirigió el ombudsman local por la muerte de un hombre, atribuida a policías municipales

Ciudad de México., 12-oct-2016.- Producto de un recurso de impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 45/2016, dirigida al Ayuntamiento de Santiago Ixcuintla, por insuficiencia en el cumplimiento de la que en su momento emitiera a dicha autoridad la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Nayarit, por la muerte de un hombre atribuida a policías municipales.

El 14 de enero de 2013, la Comisión Estatal inició el expediente de queja DH/16/13 para investigar los hechos publicados en esa fecha en un periódico local, por tratarse de una presunta violación al derecho a la vida. El 17 de febrero de 2014 emitió la Recomendación correspondiente y el 19 de octubre de 2015 decretó la insuficiencia en el cumplimiento de la misma.

Ante ello, el 29 de octubre de 2015, la concubina del finado presentó un recurso de impugnación, remitido a este Organismo Nacional en razón de competencia, ya que las autoridades municipales se comprometieron a pagarle una indemnización por concepto de reparación del daño y responsabilidad civil, de los cuales dijo sólo haber recibido un cheque por una cantidad mucho menor a la comprometida. Señaló que, además, no se han cumplido los otros puntos recomendatorios.

Tras su investigación, que incluye la omisión del Ayuntamiento de Santiago Ixcuintla a proporcionar la información solicitada, este Organismo Nacional encontró responsabilidad imputable a cuatro autoridades con motivo del incumplimiento de la obligación de reparar violaciones a los derechos humanos.

Además, a dos de ellas se les debe investigar para deslindar su probable responsabilidad penal, así como a los demás servidores públicos involucrados en las circunstancias en que se celebró el convenio referido y su ulterior incumplimiento.

Por tales motivos, la CNDH solicita el Ayuntamiento de Santiago Ixcuintla que la hija procreada por el finado y su concubina sea reconocida como víctima y beneficiaria también de las medidas de reparación integral del daño.

Se adopten las medidas necesarias para que se diseñe e imparta por especialistas en la materia, a los servidores públicos de dicho Ayuntamiento, un curso integral de formación y capacitación en materia de derechos humanos y del uso de la fuerza.

Asimismo, se colabore ampliamente con este Organismo Nacional en la queja que se presentará ante la instancia que corresponda, para deslindar las responsabilidades administrativas que procedan contra las cuatro autoridades responsables, así como en la denuncia penal que se presentará ante la Fiscalía General del Estado de Nayarit, para deslindar las responsabilidades que procedan contra dos de las autoridades.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

Miguel Ángel

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial