Emite MNPT Recomendación al detectar factores de riesgo en el sistema penitenciario del país

Emite MNPT Recomendación
Persiste tortura, maltrato, insuficiencia de recursos humanos y protección de la salud.

* Persiste tortura, maltrato, insuficiencia de recursos humanos y ausencia de protección de la salud
* Pide a la CNS garantizar acceso a servicios de salud y actividades educativas, de capacitación, laborales y deportivas de las personas internas en CEFERESOS y CEFEREPSI

Ciudad de México.- Ante la persistencia de situaciones que afectan la reinserción social en el Sistema Penitenciario del país, con factores de riesgo en materia de tortura, maltrato, insuficiencia de recursos humanos y de acciones para la protección de la salud, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) emitió la Recomendación M-5/2017, dirigida a la Comisión Nacional de Seguridad (CNS).

En ella, se le solicita garantizar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, para que tengan acceso a servicios de salud y a las actividades de carácter laboral, de capacitación, educativas y deportivas necesarias para alcanzar el objetivo de reinserción social establecido en el artículo 18 constitucional.

Se pide, igualmente, gestionar la contratación de personal con el perfil adecuado y competencias profesionales de acuerdo a los fines del Sistema Penitenciario, así como contar con los servicios y personal médico suficiente, y los medicamentos necesarios para brindar una atención adecuada a las personas privadas de la libertad.

Esta Recomendación es resultado de lo observado en las visitas de seguimiento efectuadas por personal del MNPT, en las cuales se verificó el trato y condiciones de las personas privadas de la libertad de los diversos Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESOS) y de Rehabilitación Psicosocial (CEFEREPSI) del país, que dependen del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social.

Los establecimientos que integran Islas Marías no son objeto de recomendación alguna, ya que de las visitas de supervisión no se desprende la subsistencia de situaciones de riesgo en materia de tortura o maltrato.

Parte fundamental de la supervisión fueron las entrevistas con las personas recluidas, así como con los servidores públicos responsables de los distintos centros, además de haber llevado a cabo la revisión de documentos de registro, expedientes y los recorridos efectuados en las instalaciones con el propósito de verificar el funcionamiento y las condiciones de las distintas áreas detectándose las citadas insuficiencias.

Consecuencia de las visitas iniciales a los diversos Centros, fue la detección de situaciones que constituyen los mencionados factores de riesgo en materia de tortura o maltrato, mismas que se hicieron del conocimiento de las autoridades a través del informe 9/2017.

Para que dichas observaciones se atendieran, personal del Mecanismo mantuvo comunicación con los enlaces designados por Prevención y Readaptación Social, para constatar y registrar las medidas y acciones desarrolladas para atenderlas en concordancia con los derechos fundamentales.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede ser consultada en la siguiente liga: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/PrevencionTortura/RecPT_2017_005.pdf

josé

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