Indaga CNDH violaciones a derechos humanos en caso Nochixtlán: González Pérez

Palabras del presidente de la CNDH
El objetivo es saber qué fue lo que ocurrió el 19 de junio de 2016 en Oaxaca, cómo y por qué sucedieron los hechos.

* El objetivo es saber qué fue lo que ocurrió el 19 de junio de 2016 en Oaxaca, cómo y por qué sucedieron los hechos

Ciudad de México.- Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) el caso Nochixtlán se convirtió desde el primer día en un asunto prioritario, cuya indagación se encamina a saber qué fue lo que ocurrió el 19 de junio de 2016 en Nochixtlán, Huitzo, Hacienda Blanca y Viguera, Oaxaca, cómo y por qué sucedieron los hechos, así como determinar quiénes tuvieron responsabilidad para que sean investigados y, en su caso, sancionados.

Durante una reunión con diputados de la Comisión Especial de Seguimiento a los Acuerdos del Informe presentado por la Comisión Permanente, respecto a los hechos ocurridos en el municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, el presidente de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, señaló que es incuestionable que los hechos no pueden quedar impunes y que la sociedad debe saber la verdad de lo acontecido en esa fecha.

La CNDH ha requerido tiempo y ocupado recursos humanos y materiales, con el objeto de concretar una investigación objetiva, integral y exhaustiva de los hechos; atender y acompañar a las víctimas; así como hacer valer frente a distintas autoridades la necesidad y obligación de atender los requerimientos que les formulen, agregó.

Aclaró que la CNDH no investiga delitos, pues eso es responsabilidad exclusiva de las autoridades ministeriales y judiciales; lo que indagan son violaciones a derechos humanos. En ese sentido, en los hechos del 19 de junio se requiere dilucidar por qué no se cumplieron los protocolos de actuación por parte de las corporaciones policiacas, así como determinar lo relativo al uso de la fuerza. Esto es parte de la investigación que tenemos en curso.

González Pérez reiteró que la CNDH continuará realizando sus actividades de investigación, con el único propósito de cumplir con la obligación constitucional de investigar si en esos hechos se violentaron derechos humanos de los habitantes de Nochixtlán, Huitzo, Hacienda Blanca y Viguera. Ése ha sido y será nuestro único compromiso de cara a la sociedad mexicana.

A continuación el texto íntegro:

PALABRAS DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA REUNIÓN CON LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS DEL INFORME PRESENTADO POR LA COMISIÓN PERMANENTE, RESPECTO A LOS HECHOS OCURRIDOS EN EL MUNICIPIO DE ASUNCIÓN NOCHIXTLÁN, OAXACA, EL PASADO 19 DE JUNIO DE 2016

Ciudad de México, 21 de febrero de 2017

Señoras y señores diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los acuerdos del informe presentado por la Comisión Permanente, respecto a los hechos ocurridos en el municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, el pasado 19 de junio de 2016:

En respuesta a la petición que recibí de su parte, acudo ante ustedes para llevar a cabo esta reunión y exponerles el trabajo que ha venido realizando la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre los hechos ocurridos el 19 de junio de 2016 en Nochixtlán, Oaxaca. El reporte que les presento da cuenta de las acciones realizadas hasta el día de hoy, dentro del expediente que radicó este Organismo Nacional, mismo que se encuentra en su etapa final de integración.

Estamos en presencia de un asunto complejo, con diversas facetas que necesariamente han requerido ser aclaradas, para lograr una visión integral, objetiva y realista de lo ocurrido el 19 de junio de 2016. La integración del expediente ha enfrentado diversas dificultades y representa varios desafíos, entre los cuales podemos mencionar:

* La indebida preservación del lugar de los hechos, lo cual motivo que diversas evidencias no fueran resguardas y se hubiesen movido del lugar donde fueron originalmente encontradas;

* La existencia de contradicciones entre los diversos testimonios recabados, lo que ha obligado a que los mismos se contrasten y confronten con otros elementos objetivos de convicción, a fin de dilucidar lo que realmente aconteció;

* El hecho de que las respuestas de autoridades a las solicitudes de información no siempre han sido oportunas ni incluyen todo lo requerido, por lo que la CNDH se ha visto obligada a dirigirse nuevamente a la autoridad correspondiente para insistirle en el envío de la información solicitada.

A manera de antecedente, considero necesario señalar que de manera previa a esta reunión, el 19 de julio de 2016 acudí a una reunión de trabajo con la Comisión Legislativa de seguimiento a los hechos ocurridos en Nochixtlán, Oaxaca. En aquella ocasión se expuso el trabajo de la CNDH, en los siguientes rubros:

I.- Acciones inmediatas de la CNDH

II.- Investigación de los hechos

III.- Atención a víctimas

Se señaló que:

* Desde el mismo 19 de junio, la CNDH desplegó un equipo multidisciplinario de visitadores adjuntos, médicos, psicólogos y criminalistas, a fin de realizar la investigación de los hechos, señalándose que este Organismo Nacional había tenido una presencia continua en Nochixtlán.

* Se emitieron medidas cautelares dirigidas a la Comisión Nacional de Seguridad, a las secretarías de Salud del Estado y Federal, así como a la Secretaría de Gobierno del estado de Oaxaca, en materia de atención médica, las cuales fueron aceptadas el 20 de junio de 2016.

* Este Organismo Nacional exhortó a las partes al diálogo sobre la base de que si bien la libertad de expresión y de reunión conlleva el derecho a la protesta social pacífica; su ejercicio dentro de los límites legales, facilita el ejercicio y vigencia de otros derechos y no hacen nugatorios los derechos de terceros, en particular los que corresponden a niñas, niños y adolescentes, como lo es el derecho a la educación, el cual se debe privilegiar considerando el interés superior que les asiste, tampoco que se generen actos ilícitos, como la violencia o el impedimento deliberado al libre tránsito.

* La investigación de los hechos se había centrado en lo ocurrido en Nochixtlán, para lo cual se habían recabado quejas y testimonios, se había solicitado información a diversas autoridades federales, estatales y municipales y se trabajaba pericialmente en el lugar de los hechos.

* En materia de atención a víctimas se había dado contención psicológica a los familiares de las 8 personas fallecidas; atención médica y psicológica a los lesionados, a los afectados por gases lacrimógenos y todos aquellos que así lo desearan; de igual manera, se realizaron labores de acompañamiento a las víctimas.

Ahora, en esos mismos rubros, quiero compartir con ustedes los avances del trabajo que actualizan los alcances de la intervención que ha llevado a cabo esta Comisión Nacional, así como referirme a otros aspectos:

I.- Investigación de los hechos

Se ha ampliado el espectro de la investigación para comprender de manera integral lo ocurrido el 19 de junio, ya que si bien el enfrentamiento inició en Nochixtlán, los hechos de confrontación también se presentaron en las comunidades de Huitzo, Telixtlahuaca, Viguera y Hacienda Blanca, por lo cual los visitadores adjuntos desplegaron sus actividades en esas localidades a fin de recabar testimonios, solicitudes de información, peritajes, así como atender a víctimas y lesionados.

A).- Al día de hoy se han recabado 830 actas circunstanciadas, de las cuales 571 corresponden a los hechos suscitados en Nochixtlán, 43 a Huitzo y Telixtlahuaca, 92 en Hacienda Blanca y Viguera, que incluyen testimonios de diversas personas: familiares de fallecidos, testigos de los hechos, lesionados, detenidos, afectados por gases lacrimógenos, personas reportadas como no localizadas, afectados en sus bienes, personal de salud de instituciones públicas y médicos particulares, comerciantes y taxistas.

Se incluyen 124 actas derivadas de entrevistas y certificaciones médicas a elementos de Policía Federal, de la Agencia Estatal de Investigaciones y de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca que acudieron a los operativos, incluyendo mandos y policías lesionados, así como inspección de vehículos oficiales y depósito de armas.

B).- Se ha solicitado información, a autoridades federales como es la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), la Procuraduría General de la República (PGR), la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); a autoridades estatales como es la Fiscalía General, la Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Salud, Registro Público de la Propiedad y el Comercio, así como al presidente municipal de Nochixtlán y de Oaxaca de Juárez.

Igualmente, se sostuvieron entrevistas con diversas autoridades federales, estatales y municipales, como son regidores y síndicos municipales, personal de la PGR, directores de las instituciones públicas de salud, encargados del registro civil y policía municipal.

C).- En materia pericial se han realizado inspecciones oculares y georreferenciación de lugares clave para la investigación, observación y fijación fotográfica de indicios balísticos, planimetrías de las zonas de los enfrentamientos (algunas con el apoyo de un dron); probables trayectorias respecto del lugar en que fueron lesionados las personas que perdieron la vida y el lugar desde el cual pudieron provenir los disparos.

De igual manera, se realiza el análisis de 273 videos y 594 fotografías proporcionados por habitantes y recabados de medios de comunicación, así como de videos proporcionados por la Secretaria de Salud de ese estado, de las cámaras de seguridad del Hospital Básico Comunitario, del Centro de Salud con Servicios Ampliados de Nochixtlán y del Hospital de Huajuapan, que suman 59 horas, 27 minutos y 59 segundos de grabación.

D).- Se cuenta con copia de la mayor parte de la carpeta de investigación de la PGR y sus acumulados. Es preciso señalar que no se ha recibido copia de otras carpetas de investigación iniciadas por la PGR que, aunque están relacionadas con los hechos de cuenta, no se acumularon a la carpeta principal. Para un caso de esta envergadura resulta indispensable que las autoridades brinden a la CNDH, con oportunidad, toda la información que les sea requerida y que la misma se actualice cuando ello sea necesario.

De igual manera, se cuenta con copia de las diversas carpetas de investigación iniciadas por lesiones y daños en propiedades en la Fiscalía del Estado. La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca nos hizo entrega del expediente que había iniciado sobre los hechos.

Del cúmulo de información, del análisis, cotejo y sustento en evidencias se ha podido determinar entre otros aspectos lo siguiente:

1.- El operativo fue realizado a solicitud del Gobierno del Estado de Oaxaca, días previos al 19 de junio, dentro de un grupo interinstitucional conformado por dependencias federales y estatales en materia de la seguridad pública (Grupo de Coordinación Oaxaca en materia de Seguridad), el cual en la fecha de los hechos se reunió en un hotel en la Ciudad de Oaxaca. En ese mismo hotel se concentró el Centro de Mando de la Policía Federal, para dar seguimiento al operativo.

2.- Previo al inicio del operativo, a las 4.30 de la mañana, en el destacamento de la Policía Federal ubicado en San Pablo Etla, el Notario Público número 65 de la ciudad de Oaxaca sólo hizo un recorrido visual, sin verificar a detalle a los integrantes de las corporaciones policiacas y señaló que “…sólo portan kit policiaco antimotines y no armas de fuego ni punzo cortantes, sólo lanzadores simples de agentes químicos”; asimismo, que inspeccionó los vehículos terrestres que tuvo a la vista, certificando que “en su interior no existían armas de fuego ni punzocortantes”. Sin embargo, se ha documentado que hubo elementos de las corporaciones estatales que acudieron armados al inicio del operativo.

3.- Cerca de las 8:50 horas se reporta por radio al Centro de Mando de Policía Federal los primeros disparos y se solicita apoyo. Pasadas las 9:00 horas al recibir una segunda llamada para pedir apoyo, el Grupo de Coordinación Interinstitucional en Oaxaca decidió que personal de la División de Gendarmería de la Policía Federal acudiera en apoyo y rescate de los elementos que se encontraban en Nochixtlán y que algunos elementos fueron armados.

4.- En total fueron 8 las personas fallecidas, 6 en los hechos de Nochixtlán y 1 en Viguera en la Ciudad de Oaxaca; los 7 fallecieron por arma de fuego. Una persona más fue lesionada un día después de los hechos por un cohetón y como consecuencia de ello falleció, siendo la octava persona que perdió la vida. Todas las personas fallecidas eran de sexo masculino, con edades que oscilaban entre los 18 y 39 años; ninguno era maestro.

Sólo en 5 de las 7 personas fallecidas por arma de fuego fue posible recuperar algún elemento balístico (3 corresponden a arma larga calibre .223 y 2 arma corta calibre 9mm).

5.- De las personas lesionadas, luego del cruce de la información recabada por la CNDH, la remitida por las instituciones públicas de salud y la reportada por la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, así como por las clínicas y consultorios particulares, se tiene lo siguiente:

En total hubo 190 personas heridas, de las cuales 122 fueron personas civiles y 68 policías.

De las 122 personas de la población civil, 37 fueron heridas por arma de fuego, 7 lesionadas por impacto de cartucho de gas, 13 presentaron quemaduras, 4 fracturas, 37 presentaron contusiones y las 24 restantes las relacionó la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca sin precisar el tipo de lesiones.

De los 68 policías heridos, 43 son policías federales y 25 policías estatales; de ellos, un policía federal y dos estatales fueron heridos por arma de fuego, mientras que el resto lo fueron por quemaduras provocadas por cohetones y lesiones por contusiones.

6.- Es importante señalar que adicional a los datos de las personas lesionadas, hubo quienes decidieron no acudir a instituciones públicas y prefirieron ser atendidos en la parroquia o en su domicilio. Entre ellos se puede ubicar a los afectados por gases lacrimógenos; probablemente su decisión de no acudir a centros hospitalarios obedeció a que la afectación fue temporal y pudieron contrarrestar los malestares generados. En Nochixtlán, al menos 84 personas fueron afectadas por gases lacrimógenos, entre los que se incluyen 25 menores de la colonia 20 de noviembre, cuyas edades oscilan entre los 8 meses a 14 años. En Huitzo y Telixtlahuaca 25 personas refirieron afectaciones por gas lacrimógeno, mientras que en Hacienda Blanca y Viguera, 40 personas señalaron haber tenido malestares por el uso de esos agentes químicos.

7.- En relación a las 27 personas que fueron detenidas tanto en Nochixtlán (en número de 20) como en Hacienda Blanca (en número de 7, entre ellos 3 docentes), 23 son hombres y 4 mujeres; de los 27 sólo 23 fueron puestos a disposición del ministerio público; de las 4 que no se pusieron a disposición 3 fueron mujeres y un hombre. Las 3 mujeres que no fueron puestas a disposición refirieron malos tratos, amenazas, golpes y/o agresiones sexuales por parte de elementos femeninos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, lo que está en investigación.

8.- De las 20 detenciones que se llevaron a cabo en Nochixtlán, 10 fueron puestos a disposición por elementos de la Policía Federal, por los delitos de resistencia de particulares y las otras 10 por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, por los delitos de lesiones, tentativa de homicidio, ataques a las vías generales de comunicación, resistencia de particulares y lo que resulte. Las 7 detenciones restantes se realizaron en Hacienda Blanca, de ellas sólo 3 personas fueron puestas a disposición por resistencia de particulares.

Por otra parte, 25 de las 27 personas que fueron detenidas refirieron incomunicación, tratos indebidos, amenazas y presentaron lesiones, lo que está en investigación.

9.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca reportó el 20 de junio a 6 personas como desaparecidas, cuyos nombres fueron proporcionados por personal jurídico de la Sección 22 de la CNTE, quienes al parecer, obtuvieron esos nombres de distintas redes sociales; luego de la investigación realizada ante la Fiscalía del Estado, la PGR, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y la Secretaría de Seguridad Pública, se pudo localizar a 5 personas quienes refirieron entre otros aspectos no haber sido detenidas por la policía; que no forman parte del movimiento magisterial o que no estuvieron presentes en los hechos y que sus familiares o compañeros de trabajo no habían podido comunicarse con ellos, lo que pudo haber generado dudas de su paradero.

De la última persona sólo se señaló el nombre, pero no hubo mayores datos para su identificación y localización. La autoridad ministerial tiene en trámite la investigación.

II.- Atención a víctimas

Es conocido que se constituyó el Comité de Víctimas por Justicia y Verdad 19 de junio, Nochixtlán, Oaxaca, A.C., para representar a las personas afectadas por los hechos ocurridos en Nochixtlán. La CNDH ha participado en diversas reuniones del Comité con diversas autoridades federales y con la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, así como con personal de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidades en Derechos Humanos.

A).- El 28 de julio sostuve una reunión con el Comité de Víctimas por Justicia y Verdad 19 de junio, Nochixtlán, Oaxaca, A.C., con el Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y miembros de la Comisión de Mediación, donde se escucharon testimonios de los lesionados, quejas, necesidades e inquietudes.

B).- En ese encuentro, a instancia de las víctimas, concerté una reunión con la entonces Procuradora General de la República, misma que se llevó a cabo al día siguiente.

C).- De igual manera, se realizaron diversas gestiones con el Secretario de Salud federal para que los lesionados pudiesen recibir atención médica con calidad y oportunidad.

D).- Del 30 de julio al 5 de agosto de 2016, días en los que el Comité de Víctimas estuvo en Casa Xitla en la Ciudad de México, el Segundo Visitador General de la institución acudió a las mesas de trabajo que se celebraron con la Secretaría de Salud, Secretaría de Gobernación, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y el Comité de Víctimas de Nochixtlán; de igual manera, visitadores adjuntos de la CNDH acompañaron a las víctimas a diversas citas médicas, estudios y hospitalizaciones en nosocomios de alta especialidad en la Ciudad de México, así como en la caravana de regreso de la mayoría de las víctimas -vía carretera- a la ciudad de Nochixtlán.

E).- Se ha acudido en acompañamiento al Comité de Víctimas en 12 ocasiones, a diversas reuniones sostenidas con representantes del Gobierno Federal, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

F).- Asimismo, a petición del Comité de Víctimas, se ha acudido en calidad de observadores a 5 diligencias a cargo de la Procuraduría General de la República.

G).- Por otra parte, la CNDH acompañó a integrantes de la colonia “20 noviembre” a la entrega de medicamentos que recibieron del Municipio y de diversas organizaciones, otorgándose el apoyo en la selección y clasificación de los medicamentos proporcionados.

H).- Se gestionó con las autoridades médicas de la Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca capacitación comunitaria en salud básica y asesoría para la suscripción del convenio respectivo para instalar una Casa de Salud en esa colonia.

I).- El 13 de enero de 2017, sostuve una reunión con representantes del Comité de Víctimas y el Defensor de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, ocasión en la cual, manifestaron sus quejas con la atención médica que se encuentran recibiendo y expresaron sus inquietudes e inconformidades respecto a las diligencias que realiza la PGR en Nochixtlán.

III.- Otros aspectos

1.- En relación a la atención médica proporcionada a las personas heridas el día 19 de junio, la CNDH ha documentado que el personal del Hospital Básico Comunitario (HBC) y del Centro de Salud con Servicios Ampliados de Nochixtlán (CESSA), ambos de la Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca, sí proporcionó atención médica a las personas lesionadas conforme a sus capacidades y recursos; los señalamientos de negativa de atención médica pudieron tener origen en que hubo personas que señalaron que las puertas de acceso principal del hospital básico se encontraban cerradas y otros señalaron que no acudieron a dicho hospital pues se rumoraba que no iban a ser atendidos.

2.- De la atención médica brindada dieron fe pública los visitadores adjuntos de esta Comisión Nacional, quienes el 19 de julio acudieron a las 11:00 y 13:00 horas a ambos centros hospitalarios y observaron la atención que se proporcionaba a los lesionados, asimismo, entrevistaron a algunos lesionados y dieron fe de que estaban siendo atendidos. En entrevista con personal de la CNDH, algunos de los lesionados refirieron que sí fueron atendidos en el centro de salud o en el hospital básico.

3.- De la información recabada se advierte que algunas personas recibieron atención médica en más de una institución de salud, acorde al diagnóstico que presentaban, esto es, fueron atendidas inicialmente en el Hospital Básico Comunitario (HBC) o Centro de Salud con Servicios Ampliados (CESSA) de Nochixtlán, posteriormente, fueron atendidas en otra institución de salud en Huajuapan o en la Ciudad de Oaxaca; por ello, los nombres de lesionados se repiten en los listados elaborados por cada institución.

Otros lesionados acudieron a los Hospitales del IMSS, ISSSTE o de la Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca; después solicitaron su alta voluntaria o se retiraron de esos nosocomios; otros fueron atendidos únicamente en clínicas particulares o en la parroquia.

4.- Se tiene documentado que en el hospital básico hubo proyectiles con gas lacrimógeno que cayeron en el patio, en el techo y estacionamiento del inmueble, por lo que el personal del hospital cerró la puerta principal con la finalidad de que no se introdujeran los gases, pero que a las personas que se presentaban les abrían la puerta para darles atención.

5.- Al respecto, se analizaron los videos de las cámaras de seguridad de ambos centros hospitalarios correspondientes al día 19 y madrugada del 20 de junio, que en total suman más de 34 horas de grabación.

6.- Sin embargo, se tiene copia del oficio del Director del Hospital Regional del IMSS en la ciudad de Oaxaca, quien señaló que recibió en esas instalaciones a policías federales quienes le solicitaron atender a sus elementos lesionados y que, por cuestiones de seguridad, “no recibiera a población civil lesionada”, a lo que el encargado de ese hospital respondió que “no podía hacer eso, toda vez que era una institución dedicada al cuidado de la salud y por ley se encontraba obligado a prestar el servicio a quien lo requiriera”. Esto se está analizando con otras evidencias dentro de la investigación en curso.

IV.- Consideraciones finales

1.- Para la CNDH el caso Nochixtlán se convirtió desde el primer día en un asunto prioritario, que ha requerido tiempo y ocupado recursos humanos y materiales de este Organismo Nacional, con el objeto de concretar una investigación objetiva, integral y exhaustiva de los hechos; atender y acompañar a las víctimas; así como hacer valer frente a distintas autoridades la necesidad y obligación de atender los requerimientos que les formule la CNDH.

2.- La investigación de la CNDH se encamina a saber qué fue lo que ocurrió el 19 de junio, cómo y por qué sucedieron los hechos, así como determinar quiénes tuvieron responsabilidad para que sean investigados y, en su caso, sancionados; es incuestionable que los hechos no pueden quedar impunes y que la sociedad debe saber la verdad de lo acontecido en esa fecha.

3.- Es preciso insistir en que la CNDH no investiga delitos, pues eso es responsabilidad exclusiva de las autoridades ministeriales y judiciales; lo que investiga la Comisión Nacional son violaciones a derechos humanos. En ese sentido, en los hechos del 19 de junio se requiere dilucidar por qué no se cumplieron los protocolos de actuación por parte de las corporaciones policiacas, así como determinar lo relativo al uso de la fuerza. Esto es parte de la investigación que tenemos en curso.

4.- Se reitera que la CNDH continuará realizando sus actividades de investigación, con el único propósito de cumplir con la obligación constitucional de investigar si en los hechos del 19 de junio se violentaron derechos humanos de los habitantes de las localidades de Nochixtlán, Huitzo, Hacienda Blanca y Viguera. Ése ha sido y será nuestro único compromiso de cara a la sociedad mexicana.

Muchas gracias.

josé

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