Por desplazamiento forzado, emite CNDH Recomendación a autoridades de Sinaloa

A diversas autoridades de Sinaloa
A causa de violencia criminal, más de dos mil personas emigran de los municipios de Choix y Sinaloa de Leyva.

* A causa de violencia criminal, más de dos mil personas emigran de los municipios de Choix y Sinaloa de Leyva
Ciudad de México.- Por violación a los derechos humanos de 2,038 personas víctimas de Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en los municipios de Sinaloa de Leyva y Choix, en el estado de Sinaloa, a causa de violencia generada por grupos criminales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 39/2017 a autoridades estatales y municipales.
La Recomendación está dirigida al gobernador Quirino Ordaz Coppel; al fiscal General del Estado, Juan José Ríos Estavillo, y a los presidentes municipales de Sinaloa de Leyva y Choix, María Beatriz León Rubio y José Lindolfo Reyes Gutiérrez, respectivamente.
Aunque diferentes autoridades municipales y estatales conocieron la situación del desplazamiento forzado como consecuencia de la violencia que impera en esas localidades, omitieron protegerlas, con lo cual vulneraron sus derechos humanos a la seguridad personal, al acceso a la justicia, a la libertad de circulación y residencia, y a no ser desplazado forzadamente, entre otros.
Para la CNDH, quedó acreditado que agentes del Ministerio Público de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa, encargados de la integración de tres averiguaciones previas, fueron negligentes en su investigación, violando el derecho a la adecuada procuración de justicia.
En tanto que las autoridades estatales y municipales competentes para garantizar el derecho a la asistencia humanitaria o las ayudas inmediatas señaladas en la Ley General de Víctimas como alojamiento, alimentación, salud, educación y trabajo fueron omisas para otorgarles dichos satisfactores mínimos indispensables para una vida digna.
De igual manera, se observó que el DFI generó violación del derecho a la propiedad de esas personas, que huyeron de sus lugares de origen y resultaron víctimas de saqueos, destrucción y despojo de sus bienes.
El 21 de mayo de 2014, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa remitió a la CNDH, por razones de competencia, la queja de una mujer representante de más de 600 familias (mil 475 personas) que fueron desplazadas en 2012 de 40 comunidades del municipio de Sinaloa de Leyva.
Además, el 9 de abril de 2015 la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos solicitó medidas cautelares para una segunda defensora de 563 personas en Choix. Ambas sufrían persecución, amenazas y hostigamiento por sus labores de defensa.
Tras su investigación, la CNDH acreditó que diferentes autoridades municipales y estatales tenían conocimiento sobre la situación del desplazamiento forzado a causa de la violencia del crimen organizado que impera en los lugares en que estaban las personas desplazadas en ambos casos, sin realizar acción alguna para brindarles seguridad y protección ante tales hechos y, en su caso, la atención y asistencia adecuadas a fin de garantizar sus derechos fundamentales.
Ante ello, la CNDH solicitó al gobernador de Sinaloa y a las autoridades municipales de Choix y Sinaloa de Leyva el cumplimiento de los siguientes puntos recomendatorios:
Diseñar e implementar un programa de reparación integral colectiva, que brinde a las personas desplazadas condiciones dignas de vida, y puedan reestablecer sus medios de subsistencia, llevando a cabo un diagnóstico sobre la situación actual de esas personas, y se les brinde atención médica y psicológica.
Realizar un censo que confirme cuántas personas fueron desplazadas de esos municipios de enero a mayo de 2012, y en todo el estado; diseñen e implementen dos campañas de información: una para comunicar a esas personas cuáles son sus derechos y a quién pueden acudir para la protección de los mismos, y otra dirigida a servidores públicos que tengan contacto con ellas para sensibilizarlos sobre la obligación que tienen de garantizar y proteger tales derechos.
Los sistemas Para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) estatal y municipales deberán implementar un programa de atención para que las personas víctimas de DFI tengan acceso a las ayudas establecidas en la Ley General de Víctimas; así como diseñar un programa de acceso a la vivienda.
A los gobiernos estales y municipales también se les recomendó se reconozca mediante un comunicado de prensa a las dos mujeres como defensoras de derechos humanos y desarrollar una campaña sobre la importancia de la actividad de las personas defensoras en general.
De igual manera, analizar la pertinencia de presentar ante el Congreso local una iniciativa de ley para la prevención del DFI, el reconocimiento de los derechos de las personas desplazadas, las medidas de atención y protección que deben implementarse para salvaguardar sus derechos y las autoridades responsables de llevar a cabo dichas medidas, e informar a la Procuraduría Agraria sobre la desprotección y posibles afectaciones a las tierras ejidales y/o pequeñas propiedades, abandonadas por las personas desplazadas, para protegerles esos derechos.
Al fiscal General del estado de Sinaloa se le pide investigar los delitos denunciados por las personas víctimas del DFI, y determinar conforme a derecho las averiguaciones previas del caso; colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja que corresponda ante la Visitaduría Ministerial de esa Fiscalía, para que resuelva sobre la responsabilidad por la dilación injustificada en la determinación de dichas averiguaciones previas.
Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

josé

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