Detectan violaciones a derechos humanos de una mujer y la muerte de su hijo recién nacido

De una mujer y la muerte de su hijo recién nacido
Ante la negativa de dar cumplimiento a un encargo de la Defensoría Estatal.

* Dirige CNDH Recomendación al Gobierno de Querétaro, ante la negativa de dar cumplimiento a un encargo de la Defensoría Estatal

Ciudad de México.- Producto de un Recurso de Impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 45/2018 al gobernador de Querétaro, Francisco Domínguez Servién, por el insatisfactorio cumplimiento de la Recomendación emitida por la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, por agravios contra una mujer en su proceso de parto.

La mujer, de 25 años de edad, presuntamente fue víctima de acciones y omisiones en su atención médica atribuibles al personal del Hospital General de San Juan del Río, lo que también derivó en el fallecimiento de su recién nacido.

La mujer acudió a la Defensoría estatal e interpuso una queja por presuntas violaciones a sus derechos humanos por el personal médico que no le atendió oportunamente en su labor de parto, ya que después de mucho esperar la atención médica, su hijo nació vivo, pues escuchó su llanto; además, el hermano de la mujer lo vio en el cunero, sin embargo, horas después del parto un pediatra le informó que el niño nació muerto.

La Defensoría acreditó y determinó las violaciones a los derechos a la protección a la salud en relación a los derechos reproductivos, igualdad, trato digno y certeza jurídica de la mujer, y el derecho a la vida e interés superior de la niñez de su hijo fallecido, por lo que emitió la Recomendación (216)1/2016 en la que señaló al Gobierno estatal cinco puntos recomendatorios.

La recurrente consideró que, aunque la autoridad la aceptó, incumplió dicha Recomendación, por lo que presentó ante la CNDH en diferentes fechas, dos escritos de inconformidad contra el cumplimiento insuficiente. La Defensoría emitió una resolución definitiva en la que tuvo por cumplidos los puntos recomendatorios, pero no aportó prueba alguna de que tal resolución fuera notificada.

Tras investigar el caso y analizar el conjunto de evidencias que integran el expediente de impugnación CNDH/4/2017/153/RI, la CNDH consideró procedente y fundado el agravio contra la mujer. Encontró evidente la falta de acceso de la víctima en el ejercicio de su derecho a una reparación integral, específicamente su derecho a una indemnización económica.

Por ello, este organismo nacional pide al Gobierno de Querétaro cubrir la reparación integral del daño ocasionado a la mujer, otorgándole una compensación económica, tomando en cuenta el quebranto generado a sus derechos humanos; asimismo, inscribirla en el Registro Nacional de Víctimas para los beneficios correspondientes, en su caso, con la asistencia, apoyo y colaboración de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del orden federal.

Con el fin de armonizar las disposiciones locales de la materia, se le solicitó presentar ante el Congreso Estatal de Querétaro una Iniciativa de Reforma a la Ley de Protección a Víctimas, Ofendidos y Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal del Estado de Querétaro, para que incluya a las personas que sean víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Además, designar al servidor público de alto nivel que será enlace con la Comisión Nacional para dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación y, en caso de ser sustituido, notificarlo oportunamente.

La Recomendación 45/2018, que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

josé

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