Ciudad de México.- La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que, a través del Órgano Interno de Control (OIC) en la Secretaría de Economía, inhabilitó a las empresas Ravisa Autos del Oriente, S.A. de C.V.; Gen Industrial, S.A. de C.V. y Escore Alimentos, S.A. de C.V., para participar en licitaciones o celebrar contratos con el Gobierno Federal.
La empresa Ravisa Autos del Oriente, notificada el pasado 18 de diciembre, fue sancionada con una multa de 175 mil 367 pesos e inhabilitada por tres meses, ya que proporcionó información falsa en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-10-LAU-010LAU001-N-77-2025, para la “Adquisición de camionetas pick up doble cabina, nuevas, transmisión 4×4, modelo 2025 o 2026”; contenida en una constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos.
Así mismo, el OIC en la Secretaría de Salud impuso una multa de 157 mil 685 pesos e inhabilitación de tres meses a las empresas Gen Industrial y Escore Alimentos.
En el primer caso, se debió a que proporcionó información falsa en la documentación que integró la propuesta con la que participó en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-12-NBB-012NBB001-N-1-2023, para el “Servicio de Recolección de Residuos”. La notificación de la sanción se realizó el pasado 18 de diciembre.
Con respecto a la segunda persona moral, esta proporcionó información falsa en la Licitación Pública Nacional número LA-12-M7F-012M7F002-N-8-2023, para la “Contratación del servicio de alimentación para personal y pacientes”, contenida en una opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social. La notificación de la sanción se realizó el 19 de diciembre.
Las sanciones referidas aparecieron ayer publicadas en el Diario Oficial de la Federación y las empresas se encuentran inscritas en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, lo que les impide participar en nuevas contrataciones con el Gobierno de México.
“Las medidas se emitieron conforme a la Ley y considerando los criterios de proporcionalidad y gravedad de la falta. Las personas morales tienen derecho a impugnar las resoluciones emitidas y, dado el caso, la Secretaría defenderá con firmeza las sanciones por haber sido impuestas con apego a derecho y en protección del interés público”, indicó la Secretaría.
