Presentan Entre la Constitución y la campaña mediática, en la 47ª Feria Internacional del Libro en el Palacio de Minería

Ciudad de México.- Durante la presentación del libro Entre la Constitución y la campaña mediática, Felipe de la Mata Pizaña, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), afirmó que este órgano jurisdiccional actuó con estricto apego a la Constitución y a todos los precedentes legales en el reparto de las diputaciones de representación proporcional tras la elección federal de 2024 y de ninguna manera se doblegó ante un discurso y una narrativa opositora que buscaba precisamente que no se cumpliera el texto constitucional.

En el marco de la 47ª edición de la Feria Internacional del Libro Palacio de Minería, resaltó que la obra fue elaborada para dejar constancia, y que los académicos serios del futuro puedan analizar no solo la secuencia, sino el punto de vista de que la campaña mediática que se armó en contra de la decisión sobre dicho reparto, “lo que pretendía era doblar al TEPJF para que no cumpliera con la Constitución”.

Subrayó que no se le puede pedir al sistema que se encuentra en la Constitución, que es de mayoría relativa con una dosis de representación proporcional, que haga lo que hacen los sistemas puros en esta materia, de los cuales casi no hay ninguno en el mundo.

Si hay mayoría relativa con representación proporcional, siempre va a haber distorsión entre el número de escaños y de curules. “Todos los precedentes iban en el mismo sentido para hacer lo que teníamos que hacer, e hicimos”, aclaró.

De la Mata Pizaña subrayó que aquella campaña mediática “fue un cuentito que se repitió una y otra vez de manera fácil de entender, de manera legítima y de acuerdo a la libertad de expresión, pero era falsa”.

La jefa de Unidad de Investigación de la Escuela Judicial Electoral del TEPJF, Alejandra Tello Mendoza, explicó que en la obra se deja claro el procedimiento técnico, paso a paso, que el órgano jurisdiccional tomó para asumir su decisión y por ello constituye una respuesta académica a la narrativa que calificó como inconstitucional la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional en 2024.

Jaime Cárdenas Gracia, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, explicó que el Artículo 54 de la Constitución establece que el límite del ocho por ciento de sobrerrepresentación debe calcularse por partido político y no por coalición.

Indicó que, frente a la impugnación presentada en 2024, la Sala Superior del TEPJF resolvió conforme al texto constitucional.

El diputado Federal, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, señaló que afirmar que en 2024 se inventó una regla para favorecer a un partido y aliados no resiste una interpretación constitucional porque fue justo el texto de la Carta Maga el que guio el reparto de las diputaciones de representación proporcional.

Miguel Ángel

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