* Se trata de brindar mayor certeza a quienes sólo cuentan con dicho documento para ejercer su derecho de ingresar y permanecer en México
Ciudad de México.- Con el objetivo de que las actas de nacimiento expedidas por autoridades extranjeras sean un documento válido para comprobar la nacionalidad mexicana, el senador Israel Zamora Guzmán propuso reformar la Ley General de Migración.
En los últimos años, México se ha convertido en un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes, pero también en uno de los países “con mayor disgregación fuera de su territorio”.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, de 2013 a 2018 se registró la salida de 760 mil personas con la intención de trabajar, vivir o estudiar en el extranjero. El principal destino de estos migrantes es Estados Unidos.
Además, tan sólo en 2018, el 37.7 por ciento de las personas que viajaron al extranjero regresaron a vivir a México.
Estas cifras revelan que existe un número importante de ciudadanos mexicanos que residen en distintos lugares del mundo y varios de ellos forman sus familias fuera del territorio nacional, destacó el legislador del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
“El Estado debe salvaguardar el derecho a la nacionalidad mexicana para estos migrantes, así como a sus descendientes, en caso de que decidan o necesiten regresar a territorio nacional”.
Así, Zamora Guzmán planteó que se pueda comprobar la nacionalidad mexicana con el acta de nacimiento expedida por autoridades extranjeras, en la cual se indique la nacionalidad mexicana de la madre, del padre o de ambos.
Se trata -asentó el senador en el proyecto que fue turnado a las comisiones de Asuntos Fronterizos y Migratorios, y de Estudios Legislativos- de brindar mayor certeza y tranquilidad a las personas que únicamente cuentan con dicho documento para ejercer su derecho de ingresar y permanecer en el territorio nacional.
El legislador recordó que, en noviembre de 2020, el Senado aprobó una reforma para establecer que son mexicanos por nacimiento “los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano”.