* Emite recomendaciones para que Sujetos obligados atiendan solicitudes de información
Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- En su Primera Sesión Ordinaria del 2019, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO) resolvió 24 recursos de revisión en contra de distintos sujetos obligados estatales, y emitió 25 recomendaciones para que las entidades gubernamentales atiendan oportunamente las solicitudes de información.
De los recursos de revisión atendidos, en nueve de ellos se ordenó la entrega de la información solicitada, en tres se confirmó la respuesta de los sujetos obligados y 12 casos fueron sobreseídos.
Al resolver el Recurso de Revisión 307/2018, el Consejo General del IAIPO ordenó al Instituto Tecnológico Superior de Teposcolula (ITSTE) informar a cuánto asciende el pago quincenal, mensual y anual a elementos de la Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial (PABIC) o empresas privadas que desempeñan funciones de custodia o protección a funcionarios.
Respecto al Recurso de Revisión 311/2018, revocó la respuesta de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable (Sinfra) y ordenó proporcionar información de la obra “Centro de Iniciación Musical de Oaxaca”, y generar un acuerdo de reserva de la información que guarde relación con el juicio de nulidad referido por el Sujeto Obligado.
En la resolución al Recurso de Revisión 368/2018, ordenó a la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) proporcionar un informe respecto de los expedientes iniciados relacionados con los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como cuántos de estos expedientes han culminado con recomendaciones.
Para el asunto 388/2018, el Consejo General del IAIPO determinó que la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) deberá proporcionar de manera total la información relativa a sueldos y becas otorgadas a un servidor público de esa casa de estudios.
En los recursos de revisión 383/2018, ordenó al Ayuntamiento de San Andrés Huayapam informar el monto total de la disponibilidad presupuestaria en pesos al cierre del segundo trimestre de 2018 y en el 375/2018, determinó que el Ayuntamiento de Chahuites debe informar qué datos personales compila, con qué finalidad y en qué soportes físicos los almacena y da tratamiento.
En la resolución al Recurso de Revisión 346/2018, el Consejo General del IAIPO ordenó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) entregar los inventarios documentales y guía documental de los archivos de trámite 2018 y respecto a los inventarios documentales de concentración e históricos debe realizar búsqueda y de ser el caso, debe realizar declaratoria de inexistencia.
Respecto a los recursos de Revisión 002/2018, determinó que los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) debe entregar declaratoria de inexistencia de información debidamente fundada y motivada respecto a la bitácora de la obra “Construcción del Hospital Especializado de la Mujer Oaxaqueña” y en la 337/2018, que realice declaratoria de inexistencia de la información confirmada por su Comité de Transparencia para dar certeza jurídica al recurrente.
En las resoluciones 288/2018 y 322/2018, confirmó la respuesta de las secretarías de Administración y de Sinfra, respectivamente, debido a que la información que les fue solicitada no es de su competencia. En el recurso de revisión 355/2018, fue confirmada la respuesta de Gubernatura porque la información solicitada reviste el carácter de confidencial.
Los recursos de revisión en contra de la Universidad de la Cañada (201/2018); DDHPO (207/2018); Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior en el Estado de Oaxaca (239/2018); SSO (309/2018); Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías (341/2018); Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (320/2018); Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) (370/2018); Ayuntamiento de San Agustín Etla (379/2018) y Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca (382/2018), fueron sobreseídos porque los sujetos obligados modificaron su acto y proporcionaron la información solicitada.
Mientras que los recursos de revisión en contra del Ayuntamiento de El Espinal (382/2018); IEEPO (325/2018) y SSO (358/2018) fueron sobreseídos por improcedentes.
Durante la Sesión Ordinaria, el Consejo General del IAIPO emitió 25 recomendaciones a 22 sujetos obligados para que atiendan oportunamente las solicitudes de acceso a la información pública, estos son: PRI; Instituto de la Juventud del Estado de Oaxaca; Municipio de Trinidad Zaachila; Fiscalía General del Estado de Oaxaca; Consejo Estatal para la Prevención y Control del SIDA; Defensoría Pública del Estado de Oaxaca (3); San Pablo Huitzo (3); San Lorenzo Cacaotepec (3); Instituto Oaxaqueño de las Artesanías (3).
Asimismo, a los ayuntamientos de Acatlán de Pérez Figueroa (2); Asunción Cuyotepeji (2); Constancia del Rosario (2); El Espinal e Ixpantepec Nieves.
En la misma sesión, el Consejo General resolvió las denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia presentadas en contra del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (009/IAIP/DJ/2018) y del Ayuntamiento de San Bartolo Coyotepec (018/IAIP/DJ/2018); mismas que fueron consideradas como infundadas.