Aumento de penas por maltrato animal en Oaxaca: propone diputada Reyes Soto

* Con la tipificación del delito de maltrato animal de forma integral, se ampliaría la protección de todos los animales, sin distinción de especie

San Raymundo Jalpan, Oaxaca.- De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), México ocupa el tercer lugar en América Latina por casos de maltrato animal, y en Oaxaca cada vez son más frecuentes las denuncias, sobre todo, en los medios de comunicación.

Ante ello, la diputada local, Haydeé Reyes Soto, presentó en la LXV Legislatura del Estado una Iniciativa de adiciones y reformas al Código Penal del Estado para incrementar los castigos por este delito y ampliar la protección de los derechos de todos los animales como es el derecho a la vida.

El Código Penal de Oaxaca establece una sanción de tres meses a dos años de prisión y una multa de 100 a 1000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien realice actos de sufrimiento animal. Debido a ello, planteó un aumento de hasta cuatro años de prisión y multas de hasta 1,500 veces el valor diario de la UMA vigente de acuerdo con la gravedad de la agresión.

La pena de seis meses a tres años de prisión y multa de cien a mil veces el valor diario de la UMA sería para quien realice actos de maltrato en contra de un animal, produciéndole dolor, sufrimiento o afectando su bienestar, sin causa justificada, así como abandonarlo, privarlo de alimento, descuidar su higiene o salud, encerrarlo, dejarlo amarrado a la intemperie y cualquier otro acto que ponga en riesgo su vida.

Dichas sanciones se incrementarían en una mitad cuando la persona agresora cause lesiones de por vida a un animal que le generen un sufrimiento permanente; y pena de seis meses a cuatro años y multa de 500 a 1500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente a quien dolosamente prive de la vida a un animal y además de ello, fotografíe, grabe y difunda por cualquier medio el delito. Se aumentará este castigo en un tercio a quien prive de la vida a un animal con medios violentos como armas, sustancias corrosivas o explosivos.

“Cualquier acto de brutalidad, tortura por acción u omisión van a ser castigadas, el abuso sexual a los animales también lo será, al igual que quien grabe y difunda las imágenes torturando un perro, un gato, serán castigados; la manera en que tratamos a los animales nos define como civilización”, declaró Reyes Soto.

Asimismo, la o el responsable de maltrato animal perderá todo derecho sobre los animales que haya tenido bajo su custodia o resguardo. Igualmente, se establecen medidas alternas de sanciones dependiendo del delito cometido, y entre ellas está el que la persona agresora acuda a terapias psicológicas por el tiempo que la autoridad estime conveniente.

También propuso que en el Código Penal quede definido completamente el concepto de maltrato animal de acuerdo con los parámetros internacionales que hay, ya que actualmente no existe en dicha Ley.

Esta definición propuesta por la congresista, considera que existe maltrato animal “cuando por cualquier medio se le causa sufrimiento, estrés o lesiones y que también implica privarlo de alimento, de salud, encerrarlo, dejarlo amarrado a la intemperie, abandonarlo y cualquier otra cosa que ponga en riesgo su bienestar”.

De aprobarse esta reforma, se ampliaría la protección de los animales al tipificar el delito de maltrato animal de forma integral, sin hacer distinción de especie como se encuentra actualmente, ya que en el Código Penal la única sanción vigente solo aplica para quien agreda a los animales vertebrados sin considerar a los demás.

La Iniciativa con proyecto por el que se reforma la denominación del Capítulo Primero “Del maltrato y la crueldad animal”, los artículos 419 y 420; y se adiciona el artículo 419 Ter, del título vigésimo cuarto de los delitos cometidos contra la vida e integridad de los animales, del Código Penal de Oaxaca, se encuentra actualmente en estudio en comisiones.

josé

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