* La envía al ejecutivo Federal para su publicación
Ciudad de México.- Con 109 a favor, siete en contra y una abstención, el Senado de la República aprobó, en lo general y en lo particular, los artículos reservados en los términos del Dictamen de la Minuta de la Ley de la Fiscalía General de la República.
La Minuta enviada por la Cámara de Diputados retoma temas trascendentales, entre ellas que la Fiscalía General de la República (FGR) podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y las leyes aplicables y que la víctima podrá solicitar a la FGR que ejerza su facultad de atracción.
En tanto, la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos y Persecución de los Delitos del Orden Federal brindará atención a las víctimas u ofendidos del delito y facilitará el acceso de la comunidad a los servicios requeridos por ésta, en el ámbito de competencia de la FGR, promoviendo acciones de coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales.
De igual manera, se establecieron las obligaciones de los agentes del Ministerio Público de la Federación en pro de las víctimas o sus familiares.
Noé Castañón Ramírez, senador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, reconoció la gran labor que se ha realizado en la Comisión de Justicia para la construcción de una mejor Ley, para las y los mexicanos en materia de procuración de justicia.
El senador del Grupo Parlamentario del Partido Morena, José Narro Céspedes, reconoció el trabajo del legislador Julio Menchaca Salazar que ha realizado al frente de la Comisión de Justicia, para alcanzar el consenso y aprobación de la presente Ley.
Por su parte, Menchaca Salazar precisó que es de suma importancia la inclusión de la facultad de atracción, cuando se trate de asuntos de trascendencia social, ya que deberá ejercerse de manera obligatoria cuando exista una declaración de violación a los derechos humanos.
Además, el hecho de que las víctimas y sus asesores podrán formular propuestas de líneas de investigación para que sean tomadas en consideración, dar acceso a los registros y proporcionar copia gratuita de éstos en forma física o magnética, garantizar su derecho a presentar peritajes independientes y brindarles la protección y asistencia a la que tienen derecho, garantizando en todo momento los derechos humanos de las víctimas.