Confianza, factor importante para funcionamiento de Sistema Nacional Anticorrupción: IBD

Senado de la República
Insuficientes las acciones para combatir a la corrupción hasta el momento.

* El reordenamiento y redistribución del poder político significó una reorganización de la corrupción

* Los medios de comunicación y la transparencia son elementos clave para hacer visible el fenómeno e incidir en su combate

Ciudad de México.- Ante la insuficiencia de las acciones para combatir a la corrupción hasta el momento, es de suma importancia que exista confianza en las instituciones para su adecuado funcionamiento, señaló el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República en una investigación realizada por la Dirección General de Análisis Legislativo.

Subraya que la imperiosa necesidad de crear el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) deriva de diversos cambios políticos, entre ellos: la pérdida de los controles centralizados de la corrupción para dar paso a un sistema con múltiples actores; también el reordenamiento y redistribución del poder político significó una reorganización de la corrupción.

La investigación refiere que es necesaria la socialización de la cultura de la legalidad y promover la denuncia de actos de corrupción; además de la simplificación administrativa, la elevación de los niveles educativos en el país y fortalecer la eficacia del sistema de investigación y persecución del delito.

Los medios de comunicación y la transparencia también son elementos clave en los niveles de conocimiento de actos de corrupción, y con ello la exigencia de sanciones, porque hacer visible el fenómeno hace posible incidir en su combate.

En ese sentido, el Senado de la República y la Cámara de Diputados buscan fortalecer los organismos encargados de velar por la rendición de cuentas en México y crear nuevos instrumentos que aseguren el combate frontal a la corrupción y la impunidad, señala.

Por lo que se creó la Fiscalía Anticorrupción y se establecieron sus funciones; dicho organismo entrará en vigor cuando el Senado realice el nombramiento de su titular, a través de un proceso que ya inició.

El documento del IBD refiere que, de acuerdo a algunos estudios, México se encuentra entre los países con mayores problemas de corrupción en Latinoamérica, y tiene grados muy altos en cuanto al pago de sobornos, percepción de la corrupción y escasa confianza en las medidas gubernamentales para combatirla.

Detalla que nueve de cada diez mexicanos mayores de 15 años (92 por ciento) piensan que en México hay corrupción, y casi dos tercios (65 por ciento) cree que en el futuro será mayor, esto a pesar que siete de cada diez (71 por ciento) manifestaron que no han sido afectados por ella recientemente.

De acuerdo con Transparencia Internacional, cita el IBD, los países que se encuentran en los primeros lugares del Índice de Percepción de Corrupción -como Dinamarca, Finlandia o Suecia- presentan características comunes: altos niveles de libertad de prensa, de transparencia y de integridad de quienes ocupan cargos públicos, así como un poder judicial imparcial e independiente.

Mientras que los países que se encuentran en los últimos lugares de la lista -como Somalia, Corea del Norte o Afganistán- tienen una deficiente gobernabilidad, instituciones frágiles y una falta de independencia de los medios de comunicación, además de conflictos bélicos.

Por otro lado, el IBD destaca que la Fiscalía Anticorrupción pretende ser una unidad adscrita a la Procuraduría General de la República (PGR), encargada de investigar y perseguir los delitos relacionados con hechos de corrupción de competencia federal, y cualquier otro delito cometido por los servidores públicos federales.

El titular de la Fiscalía Anticorrupción será nombrado y removido por el Fiscal General de la República, pero estas acciones podrán ser objetadas por el Senado de la República; sin embargo, de manera transitoria, los senadores nombrarán al primer Fiscal Anticorrupción por al menos dos terceras partes de los votos, y en este caso el Ejecutivo Federal tiene la facultad de objetar la decisión.

La investigación completa puede consultarse de manera íntegra en la dirección electrónica: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/3318/1%20Mirada%20Legislativa%20119.pdf?sequence=1&isAllowed=yf

josé

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