* Atribuido a Mario Martín Delgado Carrillo y Morena
Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Especializada que declaró inexistentes las infracciones relativas a la coacción del voto y uso indebido de programas sociales por parte de Mario Martín Delgado Carrillo y Morena, con motivo de la difusión de un video en las redes sociales “X” y Facebook sobre la defensa de los programas sociales.
Inconforme con lo anterior, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) impugnó la resolución al considerar que, en su concepto, se omitió verificar que las frases utilizadas por Delgado Carrillo condicionaban de manera implícita la continuidad de los programas sociales, generando con ello, una confusión en el electorado.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que se trata de una opinión personal de un dirigente partidista en relación con el proceso legislativo iniciado para la aprobación de diversos programas sociales.
Al respecto, el pleno consideró que las expresiones denunciadas no contienen condicionamiento de la continuidad de los programas sociales y se encuentran amparadas en la libertad de expresión, lo que contribuye a generar una discusión en el debate público durante la etapa de campañas.
En consecuencia, se confirmó la sentencia impugnada (SUP-REP-545/2024).