* Las víctimas sufrieron detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura por elementos de la entonces Policía Estatal Preventiva de Baja California y la Sedena
Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 001/2022 a Luis Cresencio Sandoval González, titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), y a Marina del Pilar Ávila Olmeda, gobernadora de Baja California, ya que elementos del ejército y de la Policía Preventiva de Baja California (PEP-BC) transgredieron, en el año 2011, los derechos a la libertad, seguridad personal, seguridad jurídica e integridad de dos personas agraviadas.
El 18 de marzo de 2016, este Organismo Nacional recibió la vista formulada por el Juzgado Primero de Distrito en Tamaulipas, dentro de la causa penal que se instruye en contra de las dos víctimas, donde se advierte que estas manifestaron haber sido objeto de actos de tortura por parte de los aprehensores.
La primera víctima refirió que el 19 de enero de 2011 fue a la tienda y escuchó detonaciones de arma de fuego. Personas armadas y encapuchadas lo golpearon y lo acusaron de ser uno de los que habían huido. Esposado, lo subieron a un vehículo, donde fue objeto de agresiones mientras lo interrogaban.
Después, le pidieron que reconociera a dos individuos esposados, a los cuales no conocía. Una mujer le colocó una bolsa de plástico en la cabeza y al sentir que le faltaba el aire la mordió para poder respirar, lo que provocó que lo golpeara nuevamente. Más tarde fue trasladado a la base de la entonces PEP-BC, donde lo metieron a un cuarto en el que se encontraban varios agentes, quienes lo sometieron a diversas formas de tortura.
Posteriormente, llegaron elementos del Ejército Mexicano, quienes lo llevaron junto con las demás personas detenidas en un vehículo a instalaciones militares. Dado que dijo no conocer a las personas por las que le preguntaban, le dieron toques eléctricos. Después le mostraron fotografías de personas fallecidas asegurándole que él los había privado de la vida; al responder en sentido negativo, lo golpearon en todo el cuerpo.
Por la noche “fue colgado de las manos, sin tocar casi el piso” mientras los militares lo interrogaban y “lo golpeaban con un bate en todo el cuerpo, principalmente en las costillas”. Posteriormente llegó una persona y le preguntó si conocía a la segunda víctima de estos hechos, lo cual negó. Después, un militar “le introdujo su rifle en la boca… para después sacar el cañón del arma de un jalón, tirándole un diente y otro más lo perdió días después”.
Por su parte, la segunda persona agraviada refirió que el 19 de enero de 2011, se encontraba en una casa cuando escuchó varios disparos. Junto con otras personas, salió para ver qué pasaba. Varios vehículos circulaban por la calle y elementos militares pasaban por el lugar casa por casa. Les pidieron salir del domicilio.
Afuera, los soldados lo tiraron al piso, lo golpearon y lo subieron a un vehículo, preguntándole “si él era el que había corrido”. Lo trasladaron a unas calles adelante para pasarlo a una camioneta de la entonces PEP-BC, a cuyas instalaciones fue trasladado. Allí lo volvieron a golpear y le colocaron “una bolsa de plástico en el rostro, mientras lo golpeaban”, lo insultaban y cuestionaban “dónde estaban las armas y las casas de seguridad”. Lo tiraron en una colchoneta, le colocaron un trapo en la boca y le arrojaron agua.
Posteriormente, lo entregaron a elementos militares, quienes lo llevaron a un cuartel militar donde continuaron golpeándolo; dos elementos lo pisaron mientras le tiraban agua en el rostro que tenía cubierto con un trapo, amenazándolo para que confesara delitos de robo, homicidio y secuestro.
Le ponían cinta canela en el rostro y se la arrancaban con fuerza. Uno de los militares “lo pateó en los testículos” y le dieron “toques eléctricos en el cuello y con una especie de martillo de goma le daban golpes en la cabeza”. Posteriormente, le mostraron unas fotografías de personas fallecidas por arma de fuego, cuestionándolo si sabía algo de esas muertes.
Por lo anterior, la CNDH emitió una serie de puntos recomendatorios al secretario de la Defensa Nacional y a la gobernadora de Baja California para que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se brinde la reparación integral del daño a las personas agraviadas, en términos de la Ley General de Víctimas.
Además, de que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, a fin de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral correspondiente y se les otorgue atención médica y psicológica, la provisión de medicamentos y que incluya una compensación con base en las evidencias planteadas.
Que se instruya a quien corresponda a fin de que se colabore ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que la CNDH formule ante la Fiscalía General de la República, a fin de que se investigue y determine conforme a derecho la responsabilidad de los policías de la entonces PEP-BC, así como personal de la Sedena, los médicos y demás elementos militares que participaron en los hechos.
Que se diseñen e impartan cursos de capacitación en el plazo de tres meses, a partir de la aceptación de la Recomendación, en materia de respeto a los derechos humanos, a personas servidoras públicas del 28/o Batallón de Infantería que participan en acciones gubernamentales de seguridad pública, incluido el personal de sanidad que apoye sus labores.
Que incluya a los elementos militares que hayan participado en los hechos, enfocados a la erradicación de las detenciones arbitrarias, retenciones ilegales, la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, con énfasis en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
La Recomendación 001/2022 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página web www.cndh.org.mx