* A fin de reparar el daño a un ciudadano a quien vulneró sus derechos a la legalidad y seguridad jurídica
Ciudad de México.- Resultado de un recurso de impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 08/2018 a integrantes del Ayuntamiento de Tecoanapa, Guerrero, por la inconformidad de un ciudadano ante el insatisfactorio cumplimiento de la Recomendación 62/2016 del ombudsman Estatal, que acreditó violaciones a los derechos a la seguridad jurídica y a la legalidad del agraviado, que abandonó esa población ante la actuación de las autoridades municipales que le exigían dinero.
Esta Comisión Nacional radicó el expediente CNDH/4/2017/47/RI y tras concluir sus indagatorias advirtió violación a los derechos humanos del agraviado, ya que las autoridades municipales fueron omisas para evitar la violación de dichas prerrogativas y en generar acciones para solucionar la problemática.
La víctima presentó queja ante la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, en la que acusó al ex comisario Municipal de Rancho Viejo de intimidarle constantemente igual que a los habitantes de su comunidad.
Denunció que les exigía cooperaciones monetarias que entregaría al Gobierno del Estado para la edificación de una Universidad, y amenazó con privarlos de la libertad en caso de negarse; él, por ser de escasos recursos, no estuvo dispuesto a pagar. Posteriormente amplió su queja contra el entonces presidente Municipal de Tecoanapa, a quien infructuosamente solicitó que interviniera para resolver su problema.
El entonces síndico Municipal y actual comisario Municipal solicitó la cancelación de la acción de vivienda que correspondía al agraviado como afectado por los fenómenos meteorológicos “Manuel” e “Ingrid”, con la explicación de que había sido expulsado por la comunidad y no tenía derecho a obtener cualquier beneficio dentro de la localidad.
Días después, el citado ex comisario Municipal, acompañado de policías comunitarios, intentó detenerlo sin causa justificada, por lo que decidió abandonar su comunidad.
Al acreditar violaciones a los derechos humanos del agraviado por actos y omisiones contrarios a la administración pública, la Comisión Estatal emitió la “Opinión y Propuesta 28/2016”, dirigida a los integrantes del Ayuntamiento, en que pide su intervención y a través del diálogo se llegue a una conciliación entre el quejoso, el entonces comisario Municipal y los vecinos de la comunidad de Rancho Viejo, para que se respete su derecho de residencia.
El organismo local consideró como no aceptada la “Opinión y Propuesta”, ante la falta de respuesta del Ayuntamiento, por lo cual el agraviado solicitó a la Comisión Estatal emitir la recomendación correspondiente y promovió un recurso de impugnación por el insatisfactorio cumplimiento de la misma, ya que su vida aún corre peligro y no puede regresar a su domicilio donde están su familia y sus bienes.
Por ello, la CNDH solicita al Ayuntamiento Municipal de Tecoanapa, Guerrero, reparar el daño al recurrente en términos de la Ley de Víctimas de la entidad, que incluya indemnización o compensación por la responsabilidad derivada de las vulneraciones a sus derechos humanos, e inscribirlo en el Registro Estatal de Víctimas.
También, garantizarle todos sus derechos como habitante de la comunidad de Rancho Viejo, para que se solicite a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano se edifique la vivienda a que tiene derecho por haber sido afectado por los fenómenos meteorológicos “Manuel” e “Ingrid”, y se garantice que no será privado de su libertad o propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos y conforme a Derecho proceda.
Asimismo, se solicita capacitar al personal del Ayuntamiento en materia de derechos humanos, con énfasis en trato digno y no discriminación, curso que deberá estar disponible en formato electrónico para su consulta y difusión de forma accesible para las autoridades municipales y la ciudadanía en general.
Igualmente, deberá colaborar con la CNDH en la integración de la queja administrativa que presente ante la autoridad correspondiente contra los responsables, y designar un servidor que será enlace con este Organismo Nacional para dar seguimiento al cumplimiento de esta Recomendación.
La Recomendación 08/2018 ya fue notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx