Ciudad de México.- Al acreditar dilación e inactividad de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, contraviniendo los principios de inmediatez, concentración y rapidez que deben regir su actuación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 16/2017 dirigida al presidente de dicho organismo local, como resultado de un recurso de queja interpuesto por los agraviados.
La CNDH observó que por más de 20 meses no existían actuaciones sustantivas que atendieran al fondo del asunto, siendo esto contrario a la debida diligencia, en la investigación de violaciones de derechos humanos, lo que resulta un componente clave para la obtención de justicia, fortalecimiento y consolidación de un Estado de Derecho, entendido éste como el que de manera efectiva salvaguarda los derechos fundamentales de la persona.
Por ello, se consideró la existencia de omisiones al no investigarse en forma expedita, ni solicitarse la información en tiempo para que se investigara adecuadamente los hechos denunciados y estar en posibilidad de determinar el expediente de queja, situación preocupante para la CNDH, ya que se debió efectuar una investigación sin dilación, a efecto de garantizar la protección de los derechos humanos de seguridad jurídica e integridad personal.
Por lo anterior, la CNDH formuló puntos recomendatorios al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, consistentes en que a la brevedad se practiquen las investigaciones y diligencias pertinentes para la debida integración del expediente de queja y se emita en el tiempo estrictamente necesario la determinación que conforme a derecho corresponda en el sumario en cuestión.
También, se recomendó que en esa Comisión Estatal se diseñe e imparta un curso de capacitación y formación para el trámite de las quejas, con especial énfasis en el contenido, manejo y observancia de su Ley y Reglamento, con el fin de evitar actos como los que dieron origen a la presente Recomendación.
Asimismo, se colabore con esta Comisión Nacional en la presentación de la queja ante la autoridad competente contra quien o quienes resulten responsables, en virtud de las consideraciones vertidas en el documento referido.
La Recomendación 16/2017 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx