Emite CNDH recomendación al comisionado de Seguridad por violación a derechos humanos de persona débil visual

El hecho ocurrió el 15 de diciembre de 2012
Acusan a débil visual de huir en vehículo y disparar arma de fuego contra policías

* Débil visual está acusado de huir en vehículo y disparar arma de fuego
* La recomendación está dirigida al comisionado Nacional de Seguridad

México, DF., 10-nov-2015.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 36/2015, dirigida al comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia, por violación a derechos humanos en agravio de una persona con debilidad visual que fuera lesionada en la espalda por arma de fuego, al intentar apartarse en una balacera, en Reynosa, Tamaulipas. Posteriormente fue acusada de disparar un arma de fuego contra elementos de la Policía Federal.

De la investigación, análisis de argumentos y pruebas del expediente de queja CNDH/5/2012/10889/Q, este Organismo Nacional acreditó violaciones a los derechos a la seguridad jurídica y a la integridad personal contra la víctima, quien presenta miopía magna en ambos ojos y Cuadriplejía (pérdida total de la fuerza en las cuatro extremidades), como consecuencia del impacto de bala.

Por ello, la CNDH recomienda al titular de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) reparar el daño a la víctima y sus dependientes económicos, así como su inscripción en el Registro Nacional de Víctimas para que, en lo conducente, tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Asimismo, en aras de garantizar la no repetición de estos actos, deberá implementar un curso sobre los Lineamientos Generales para la Regulación del Uso de la Fuerza Pública por las Instituciones Policiales de los Órganos Desconcentrados en la Secretaría de Seguridad Pública, para los elementos de la Policía Federal destacados en Reynosa, Tamaulipas, así como instruir el diseño e impartición de un programa integral de educación, formación y capacitación en materia de derechos humanos.

También, deberá aportar los elementos necesarios para la investigación administrativa de los servidores públicos involucrados y colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formulará ante la Procuraduría General de la República.

La CNDH conoció de los hechos por una queja presentada el 17 de diciembre de 2012, donde se asienta que el 15 de diciembre de ese año, alrededor de las 14:00 horas, cuando la víctima se dirigía a un establecimiento comercial, escuchó disparos y al intentar correr para protegerse sintió un impacto en la espalda que lo hizo caer y perder el conocimiento.

El agraviado fue trasladado a un hospital y puesto a disposición de la Agencia del Ministerio Público de la Federación por elementos de la Policía Federal, acusado de huir en un vehículo que conducía y dispararles desde el interior del mismo.

Una vez consignada la averiguación previa correspondiente, el 22 de diciembre de 2012 se le dictó a la víctima auto de formal prisión por los delitos de portación de armas de fuego y cartuchos exclusivos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, así como delitos contra la salud, en su modalidad de posesión de cocaína y marihuana con fines de venta. El 30 de enero de 2015 fue sentenciado a nueve años de prisión y 205 días de multa, lo que se confirmó el 12 de mayo, encontrándose actualmente privado de su libertad.

Del análisis de las constancias del expediente se advirtió que las declaraciones de los elementos policiales no coinciden con la forma en que se desarrollaron los hechos, aunado a que en el expediente clínico de la víctima existen diversas notas médicas donde se señala el problema visual que padecía el agraviado y la cuadriplejia que presentó luego de haber recibido el disparo de arma de fuego.

Contrario a lo dicho por los policías, quienes señalaron que al momento de ser agredidos por disparos de arma de fuego desde el vehículo que conducía el agraviado, éstos procedieron a repeler tal agresión, lo que provocó que el conductor se impactara, bajara del vehículo y pretendiera huir.

Existe dictamen emitido por un médico de la CNDH en el que se indica que además de la imposibilidad para manejar vehículos por la afectación visual que padecía el agraviado, no era factible que el mismo pudiera haberlo conducido, abrir la puerta y descender para emprender la huida a pie, ya que después de recibir el disparo de arma fuego en la parte alta de la espalda que lesiono vértebras cervicales, tuvo pérdida total de la fuerza en las cuatro extremidades.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada al Comisionado Nacional de Seguridad, puede ser consultada en la páginawww.cndh.org.mx

josé

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial