Emite CNDH recomendación por desaparición forzada de ocho hombres, en Zacatecas

Desaparición forzada
El hecho se atribuye a policías municipales del municipio el Plateado de Joaquín Amaro
* El hecho atribuible a policías del municipio El Plateado de Joaquín Amaro e indebida procuración de justicia de la PGJ de Zacatecas

México, DF.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 42/2014 al gobierno del estado de Zacatecas y al Municipio El Plateado de Joaquín Amaro por la desaparición forzada de ocho personas, hecho atribuible a policías municipales.

El 6 de diciembre de 2010 diez varones, entre ellos un menor de edad, procedentes de León, Guanajuato, se dirigieron al rancho El Plateado, Zacatecas, a practicar caza deportiva; al circular por caminos de terracería se detuvieron en un “Mirador”, y vieron pasar una camioneta con escudo de la policía.

Continuaron circulando y antes de llegar a la carretera, una camioneta que venía en sentido contrario les impidió el paso, descendieron dos elementos de la Policía Preventiva del mencionado municipio portando armas de fuego. Uno de ellos ordenó que bajaran del vehículo y les interrogó; señalaron que iban de cacería deportiva, les mostraron las armas y sus respectivos permisos; enseguida se acercaron dos elementos policiales más que reconocieron haber visto cuando se encontraban en el “Mirador”.

Llegó “el comandante” quien dio la instrucción a los uniformados para que llevaran a las víctimas a los separos de la Dirección de Seguridad Pública del mencionado municipio; más tarde les informaron que serían trasladados a la ciudad de Zacatecas para revisar su documentación y las subieron a unidades oficiales.

Durante el traslado en la carretera Federal 54-D denominada Villanueva-Tabasco, las unidades se detuvieron y uno de los elementos de seguridad habló con personas de otra camioneta; los agraviados fueron entregados a presuntos miembros de un grupo de la delincuencia organizada.

Los cambiaron de vehículo y fueron sometidos violentamente por los delincuentes vestidos de negro, con pasamontañas y armas largas; además de golpearlos en todo el cuerpo los encerraron en un cuarto atados de manos, cubiertos de ojos y boca; después los llevaron por un camino de terracería donde uno logró escapar; al menor de edad lo dejaron ir; a partir de ese momento no se volvió a tener conocimiento del paradero de los otro ocho.

En su investigación, la CNDH observó elementos que permiten acreditar la desaparición forzada de las víctimas y transgresiones a los derechos humanos a la libertad personal, integridad y seguridad personal, legalidad y seguridad jurídica, así como al trato digno, atribuibles a elementos de la Policía Preventiva del municipio.

De igual manera, observó transgresiones a la procuración de justicia y atención a víctimas por parte de servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas (PGJE), en agravio de las víctimas, así como de sus familiares, ya que no se realizó una debida investigación ni se les informó sobre los avances de las investigaciones. Dichas autoridades omitieron sujetar su actuación a los principios de legalidad, eficiencia y profesionalismo que su cargo requiere

Por ello, la CNDH, presidida por el doctor Raúl Plascencia Villanueva, recomienda al Gobierno del Estado de Zacatecas gire instrucciones para que se siga investigando, para identificar a los responsables de los hechos e instrumentar medidas eficaces para localizar a las víctimas, o en su caso sus restos mortales.

Colaborar con la CNDH en la presentación de una queja y denuncia que presente ante la Unidad de Contraloría Interna y Derechos Humanos de la PGJE de Zacatecas, la propia Procuraduría estatal y la Procuraduría General de la República, así como en la inscripción que haga de los diez agraviados y sus familiares en el Registro Nacional de Víctimas para el acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Ley General de Víctimas.

Se diseñen e impartan programas de capacitación para promover la actualización y especialización de los agentes del Ministerio Público en materia de atención victimológica, así como un Programa Integral de Educación, Formación y Capacitación en Derechos Humanos.

Al Ayuntamiento El Plateado de Joaquín de Amaro, la Comisión Nacional pide que se realicen acciones para localizar el paradero de las víctimas o sus restos mortales; repare el daño ocasionado a los dos sobrevivientes y a los familiares de las personas desaparecidas, y se les brinde atención médica y psicológica.

Se instruya a quien corresponda, a fin de que se tomen las medidas para que personal de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal se abstenga de desaparecer a personas y ajuste su actuación a los principios establecidos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como en los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano y legislación en la materia.

Igualmente se colabore con la CNDH en el trámite de la queja que promueva ante la Contraloría Municipal de El Plateado de Joaquín Amaro, y en la presentación y seguimiento de las denuncias de hechos que formule respectivamente ante las Procuradurías General de la República y General de Justicia del estado por la desaparición de personas.

Se tomen las medidas para que personal de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal ajuste su actuación a los principios establecidos en la Constitución mexicana y se abstenga de obstaculizar las investigaciones de este Organismo nacional, proporcionando la información oportuna y verazmente.

josé

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