Emite CNDH Recomendación por falta e inadecuada atención médica a internos de Cefereso

Cefereso No. 4 de Tepic, Nayarit
La atención médica fue inapropiada y no se les administró los medicamentos a los afectados.

* La deficiente atención médica a internos en Tepic, Nayarit, vulneró el derecho a la protección de la salud de 17 internos en particular y de la población penitenciaria en general

Ciudad de México., 03-abr-2016.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 13/2016, dirigida a la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), sobre el caso de violación al derecho a la protección a la salud de 17 internos en particular y de la población penitenciaria en general, en el Centro Federal de Readaptación Social No. 4 (Cefereso), en Tepic, Nayarit, por la deficiente prestación del servicio médico.

Tras su investigación, esta Comisión Nacional confirmó que la atención médica fue inapropiada y no se les administró adecuadamente los medicamentos a los afectados, así como las consultas fueron deficientes, sin prestar la atención debida a los síntomas presentados.

La CNDH advirtió que por ello, en ese centro penitenciario se vulneró el derecho a la protección de la salud en agravio de los quejosos, pues las autoridades del mismo no han cumplido con la obligación de garantizar el respeto a la integridad física y mental de los internos, lo que repercute de manera negativa para su adecuada rehabilitación y reinserción social.

El 16 de octubre de 2014, la CNDH recibió una queja por la falta, inoportuna e inadecuada atención médica a un interno, aduciendo que no se le proporcionó el cuidado, ni los medicamentos correspondientes y del 1 de enero al 13 de octubre de 2015, la CNDH recibió 11 quejas más, de otros internos sobre la misma desatención, por lo que se acumularon en el primer expediente.

En esta Recomendación, la CNDH solicita al titular de la CNS, Renato Sales Heredia,  instruir que de inmediato se brinde atención médica integral, para determinar el tratamiento y proporcionar medicamentos para atender los padecimientos de todos los quejosos, así como del resto de la población penitenciaria del Cefereso No. 4.

Que la Dirección General de Administración del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social gestione ante la Oficialía Mayor de la Secretaría de Gobernación que se cubran las vacantes del personal del área médica, y se dote de equipo, instrumentos y medicamentos al Cefereso No. 4, para brindar servicios a la población del penal en general, que promuevan, protejan y restauren su salud.

También, se capacite al personal del área médica del Centro, para que atienda con oportunidad los casos médicos de urgencia, se garantice el irrestricto respeto a los derechos humanos, se implementen programas de promoción y educación a la salud, y que en el programa operativo o en los protocolos de actuación se incluya la obligatoriedad de realizar visitas a estancias de los internos, supervisando su cumplimiento por las autoridades.

Igualmente, se colabore con la CNDH en el inicio de la queja que se promueva ante el Órgano Interno de Control del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, por el incumplimiento de la atención y seguimiento por parte del personal que resulte responsable.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada al titular de la Comisión Nacional de Seguridad, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

josé

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