* Inadecuada atención médica en el Hospital General “Pilar Sánchez Villavicencio”, de Huajuapan de León
México, DF., 28-oct-2014.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 50/2014 dirigida al gobierno del estado de Oaxaca, por el caso de una mujer que dio a luz en la vía pública debido a la inadecuada atención médica del personal adscrito al Hospital General “Pilar Sánchez Villavicencio”, en el municipio de Huajuapan de León.
El 26 de enero de 2014, alrededor de las 06:00 horas, una mujer de 21 años de edad, que cursaba 40.1 semanas de gestación, acudió con dolores de parto al área de urgencias de ese nosocomio, dependiente de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO).
Personal médico le indicó en diversas ocasiones que caminara para que el producto bajara un poco más, ya que aún faltaba tiempo para el alumbramiento; Alrededor de las 23:00 horas de ese mismo día, la agraviada dio a luz a su recién nacida en la vía pública, sin la asistencia de personal médico o de enfermería, ni medidas de salubridad.
Por lo anterior, el 4 de febrero de 2014, se radicó de oficio en la CNDH, el expediente de queja CNDH/4/2014/553/Q; Concluida su investigación, la CNDH contó con elementos que permiten evidenciar violación a los derechos humanos a la protección de la salud materna y al trato digno en agravio de la mujer y su recién nacida, así como al derecho a vivir una vida libre de violencia obstétrica, atribuibles al personal médico de ese centro de salud.
En razón de ello, en su Recomendación 50/2014, este Organismo público autónomo pide al gobierno de Oaxaca, le sea reparado el daño ocasionado a la mujer y a su recién nacida, con motivo de la responsabilidad profesional e institucional en que incurrieron servidores públicos del Hospital General.
Se adopten las medidas necesarias para que en todo momento los médicos residentes y los internos de pregrado estén supervisados conforme a las normas oficiales mexicanas.
Solicita también emitir una circular en la que se le exhorte al personal médico a entregar copia de la certificación y recertificación que tramiten ante los Consejos de Especialidades Médicas, con la finalidad de que se acredite tener la actualización, experiencia y conocimientos suficientes.
Los servidores públicos que prestan sus servicios en las clínicas, hospitales y centros de salud dependientes de los Servicios de Salud de Oaxaca, deberán adoptar medidas efectivas de prevención, que permitan garantizar que los expedientes clínicos que se generen con motivo de la atención médica que brindan, se encuentren debidamente integrados.
Se diseñen e impartan, en las clínicas, hospitales y centros de salud dependientes de los Servicios de Salud del estado de Oaxaca, programas integrales de educación, formación y capacitación, sobre los derechos humanos que el orden jurídico les reconoce a las mujeres y a la niñez, que garantiza el trato digno.
Implementar las medidas necesarias, a efecto de que el Hospital General cuente con la infraestructura material y humana necesaria para proporcionar atención médica oportuna y adecuada a los usuarios.
Colaborar ampliamente con la CNDH en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos y queja administrativa que se formule ante la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca y la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del estado, respectivamente.
Asimismo, acompañar a la Comisión Nacional en el seguimiento e inscripción de las agraviadas en el Registro Nacional de Víctimas, a efecto de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de la materia.