* Así lo autorizó la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
México, DF.- Con fundamento en la Ley de Publicidad Exterior, compete en exclusiva a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) determinar las vías primarias de la Ciudad de México para efectos de la legislación en materia de publicidad exterior.
Así lo establece la fracción tercera del artículo sexto de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, correspondiente a las competencias de la Seduvi: “determinar para efectos de esta ley las vías primarias de la ciudad, mediante acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.
En consecuencia, dicha facultad recae en la Seduvi y no requiere el consenso del Consejo de Publicidad Exterior ni de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), precisamente porque el Poder Legislativo local expresó su voluntad de conferirle esa atribución a la Secretaría.
De la misma manera y para determinar los corredores publicitarios es requisito indispensable definir primeramente las vías primarias.
De acuerdo con el artículo 10, fracción IV, de la Ley de Publicidad Exterior, es potestad del Consejo de Publicidad Exterior definir, previa autorización de la ALDF, las vías primarias que serán consideradas corredores publicitarios.
En resumen, corresponde a la Seduvi la facultad de determinar los espacios públicos que se considerarán vías primarias, mientras que al Consejo de Publicidad Exterior y a la Asamblea Legislativa decidir y autorizar, respectivamente, las vías primarias que serán consideradas corredores publicitarios para efectos de la Ley de Publicidad Exterior del DF, en ambos casos.
En consecuencia, mientras no se emita el acuerdo respectivo, no se podrán instalar anuncios autosoportados en las vías primarias señaladas en el acuerdo publicado el 25 de abril de 2013.