México, DF.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 26/2013, dirigida al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias, por el incumplimiento de una conciliación pactada con la CNDH para otorgar el pago de pensión de jubilación a una mujer.
Se observó que servidores públicos del Instituto vulneraron los derechos a la seguridad jurídica, a la legalidad y de petición de la agraviada.
Desde junio de 2009 ese Instituto otorgó a la mujer una pensión por jubilación, misma que le fue concedida de manera retroactiva al mes de enero de ese año; recibió la cantidad de 99 mil 269. 52 pesos, y posteriormente, los correspondientes a los meses de julio y agosto.
En septiembre le fue suspendido el depósito que le correspondía, sin notificación alguna; hecho que se repitió en octubre y noviembre.
En diciembre, con objeto de regularizar sus pagos, la víctima presentó escrito ante la dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto, pero no obtuvo respuesta y se le requirió la devolución de los pagos que se le habían liquidado y cuyo monto ascendía a 136 mil 20 pesos.
La CNDH, ante la queja presentada por la víctima, investigó el caso y acreditó violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la legalidad y de petición, derivadas de actos y omisiones contrarios a la administración pública y por no haber dado respuesta a su petición en un corto tiempo.
El ISSSTE admitió que derivado de un error, se había otorgado a la agraviada una pensión por jubilación en términos de lo dispuesto en el artículo Décimo Transitorio, fracción 1, inciso a), cuando el proceso de elección optó por la acreditación de los Bonos de Pensión en cuentas Individuales.
La Comisión Nacional observó que las irregularidades administrativas, atribuibles a personal del ISSSTE causaron un agravio a la víctima quien, sin tener la obligación jurídica de soportarlo, fue colocada en calidad de deudora del Instituto con la exigencia de que en caso de que no efectuara un pago de 136 mil 20 pesos, no se daría trámite a la pensión que le correspondía.
En su Recomendación la CNDH pide al director del ISSSTE efectuar, a la brevedad, los trámites administrativos correspondientes para que se otorgue a la afectada la pensión que conforme a derecho corresponda.
Dado que el problema se debió a un error administrativo de las áreas involucradas del propio instituto, la Comisión Nacional solicita que se subsane sin necesidad de que la víctima tenga que pagar en una sola exhibición las cantidades cobradas, sino buscar las vías administrativas idóneas para que se le descuente de la pensión con la que sea beneficiada y que por ley le corresponde.
En consecuencia, la CNDH formuló las siguientes recomendaciones:
Diseñar e impartir programas integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos dirigidos a servidores públicos del ISSSTE, a fin de que las tareas que realicen se ajusten a la legalidad.
Girar sus instrucciones para que el personal cumpla en tiempo y forma con las propuestas de conciliación que le sean enviadas, y así evitar dilaciones innecesarias que redunden en perjuicio de los derechohabientes.
Colaborar ampliamente con la CNDH en el trámite que promueva ante el Órgano Interno de Control de ese instituto, en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos.