Intervenciones e iniciativa, diputada María de Jesús Mendoza Sánchez

Diputada local
Intervenciones e iniciativa.

ASUNTO: Se remite acuerdo

San Raymundo Jalpan, Oaxaca, a 25 de febrero de 2019.

DIPUTADO

CÉSAR MORALES NIÑO

PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA

DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA.

María de Jesús Mendoza Sánchez, Diputada integrante de esta LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado de Oaxaca, en uso del derecho de iniciativa que a los representantes populares otorgan los artículos 50 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 20, 30 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca y 55 58 y 59 del Reglamento Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, con todo respeto comparezco y expongo:

Con fundamento en los artículos 60 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca, someto a consideración del Pleno de esta soberanía el Acuerdo por el que se solicita la comparecencia del Dr. Vicente Mendoza Téllez Girón, Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca para el próximo martes 06 de marzo del presente año ante el Pleno de este H. Congreso del estado de Oaxaca para, lo cual se establece el formato y calendario de la sesión, de conformidad con las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. Que una de las facultades del Congreso del Estado es el estudio y análisis del desempeño de las y los servidores públicos de la Administración Pública del Estado y los resultados que arrojan sus acciones, así como conocer el estado que al momento guarda la administración a efecto de estar en condiciones de tomar medidas legislativas con bases firmes e informadas.

Ante ello, y como una obligación inexcusable de las y los legisladores es menester citar a comparecer al Dr. Vicente Mendoza Téllez Girón Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca a fin de que exponga lo relativo a sus responsabilidades y argumente lo conducente respecto a sus actividades y ejercicio gubernamental, así como al cumplimiento de los transitorios segundo, sexto, octavo, noveno, décimo primero, décimo segundo y décimo tercero del presupuesto de egresos del año 2019, por lo que respecta a las reasignaciones presupuestales a las dependencias y secretarias que integran el Gobierno del Estado así como a los Municipios.

No omito señalar  que en la Sesión Ordinaria del pasado 30 de enero de 2019,  se alcanzó un consenso por parte de los 42 Diputados que integramos esta Legislatura, a fin de solicitar la comparecencia del servidor público antes mencionado. Es una facultad del H. Congreso del Estado que merece la mayor atención y exige que se organice de manera adecuada, a fin de que se expongan de manera equilibrada las posturas que viertan las diferentes fuerzas políticas, en el marco de la representación social que ostentan.

Para ello es necesario establecer con precisión el formato de las sesiones de análisis, el orden de las intervenciones, así como lo relativo a su difusión.

Por lo anterior, los Diputados que concurren en el Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, han acordado que la comparecencia del Dr. Vicente Mendoza Téllez Girón Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca se realice en los términos siguientes:

ACUERDO

PRIMERO. La Sexagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado, con fundamento en la facultad que le confieren el articulo 59 fracciones L y LI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en relación con los artículos 164 y 165 del Reglamento Interior del Congreso Libre y Soberano del Estado de Oaxaca, acuerda la comparecencia del Dr. Vicente Mendoza Téllez Girón Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca ante el Pleno de esta soberanía de acuerdo a las consideraciones señaladas en el presente documento.

SEGUNDO. Con la finalidad de alentar el diálogo informado, el servidor público entregara con al menos 48 horas de anticipación los documentos necesarios para su presentación en la Secretaría de Servicios Parlamentarios, quien de inmediato deberá distribuir dichos documentos a todos los integrantes del Poder Legislativo.

TERCERO. Las Sesión se apegara al formato siguiente:

1.- La presidencia de la mesa directiva de esta LXIV legislatura, dará la bienvenida al servidor público asistente y se referirá en términos generales al motivo de la comparecencia.

2.- Habrá una intervención inicial del servidor asistente, hasta por veinte minutos y podrá auxiliarse de los materiales impresos o audiovisuales que considere necesarios.

3.- Los legisladores o legisladoras designadas por cada grupo parlamentario, por los partidos políticos representados en este H. Congreso y Grupo parlamentario de Mujeres Independientes contarán con una intervención hasta por cinco minutos, en la que podrán formular un máximo de tres preguntas al servidor público compareciente en el orden siguiente:

a.- Partido Morena.

b.- Partido Revolucionario Institucional.

c.- Partido del Trabajo.

d.- Partido Verde Ecologista de México.

e.- Grupo Parlamentario de Mujeres Independientes.

f.- Partido Acción Nacional

4.- A continuación el servidor público, en una sola intervención tendrá hasta 20 minutos para dar respuesta a las preguntas formuladas por las y los diputados.

5.- Posteriormente los legisladores o legisladoras podrán ejercer su derecho de réplica hasta por cinco minutos cada uno, en el siguiente orden:

a.- Partido Acción Nacional

b.- Grupo Parlamentario de Mujeres Independientes.

c.- Partido Verde Ecologista de México.

d.- Partido del Trabajo.

e.- Partido Revolucionario Institucional.

f.- Partido Morena.

6.- La presidencia de la mesa Directiva de esta LXIV Legislatura levantará la Sesión.

CUARTO. En la sesión no se permitirá las interpelaciones ni intervenciones distintas a las señaladas. La Presidencia de la mesa Directiva  de esta LXIV Legislatura conducirá la Sesión, siendo los únicos que podrán realizar las mociones de orden que prevé la normatividad interna del Congreso.

Las intervenciones de las y los legisladores, así como del servidor público deberá realizarse de manera respetuosa.

QUINTO. El resguardo de la sede del Congreso del Estado está bajo la responsabilidad de la Presidencia de la Mesa Directiva. El resguardo del exterior de la sede del Congreso corresponderá a las fuerzas públicas municipales, y en su caso, estatales; quienes se coordinarán y establecerán un solo responsable para mantener comunicación con la Presidencia de la Mesa Directiva y el personal que esta designe.

No se permitirá el acceso al salón donde se verifique la Sesión a ninguna persona armada.

SEXTO. El Servidor Público de la dependencia del ejecutivo que comparezca podrá designar a un servidor o servidora pública para que en coordinación con el Secretario Parlamentario, prevean los requerimientos operativos de las comparecencias.

Se distribuirá hasta la mitad de los espacios de las galerías para el acceso de servidores públicos e invitados, garantizando que las funciones del Congreso puedan realizarse de manera regular, para lo cual, se entregarán a las dependencias correspondientes las cortesías de acceso respectivas.

Se habilitará, en medida de lo posible, un área de apoyo técnico para el Servidor Público en turno, adjunta al salón de sesiones.

SÉPTIMO. El Presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación y será publicado en los medios digitales del Poder Legislativo.

OCTAVO. Todo lo necesario para el desarrollo de la comparecencia y que no esté regulado por la normatividad aplicable o el presente Acuerdo, será resuelto por la Junta de Coordinación Política.

Recinto Legislativo del Congreso del Estado, San Raymundo Jalpan, Oaxaca, a 25 de febrero de 2019.

Con fundamento en los artículos 55 de la Constitución Particular del Estado y 56 del Reglamento Interior del Congreso del Estado solicito que el presente Acuerdo, sea tratado como de urgente y obvia resolución con dispensa de todo trámite.

A T E N T A M E N T E

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN

“EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”

DIP. MARÍA DE JESÚS MENDOZA SÁNCHEZ.

 

***

Intervención en el punto número 5 del orden del día: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN LXXV DEL ARTÍCULO 59, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA.

CON EL PERMISO DE LOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA

COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DIPUTADOS.

AMIGOS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

La Agenda parlamentaria de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca, señala como uno de sus objetivos prioritarios el combatir la corrupción y la ineficiencia administrativa, porque ambos, van en perjuicio de la función pública, del pueblo de Oaxaca y del interés público.

El Sistema Estatal de Combate a la Corrupción obliga a todas las instituciones públicas a generar sistemas de control interno que contribuyan a la prevención, detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción. Pero esta función la debe de tener asignada un área específica de las instituciones públicas denominada Órgano de Control Interno, misma que debe de promover el fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público, el orden y apego a la normatividad en el ejercicio y comprobación del gasto público, la rendición de cuentas, la fiscalización del gasto público y la transparencia gubernamental.

Teniendo como uno de sus objetivos primordiales el del correcto ejercicio del gasto público, de tal forma que siempre esto se realice con apego a las diversas normatividades que sean aplicables a cada caso específico y en caso de detectar alguna anomalía, promover o ejercer las acciones para la sanción de los servidores públicos que realizaron hechos o actos que la ley señala como faltas graves o no graves.

De esta Forma, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la ley local en la misma materia, instituyen al Órgano Interno de Control como el responsable directo de la prevención, detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción en cada una de las instituciones públicas, incluidos los órganos autónomos constitucionales, pero por omisión, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y la Ley de Sistema Estatal de Combate a la Corrupción no se le impuso a la Secretaría Ejecutiva de este Sistema la obligación de contar con un Órgano Interno de Control que realice estas funciones, existiendo por lo tanto un vacío en la máxima norma  y en la ley reglamentaria, en razón de ello, propongo una reforma a la fracción LXXV del artículo 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para quedar como sigue:

Artículo 59.- Son facultades del Congreso del Estado:

LXXV.- Designar por el voto de las dos terceras partes de sus miembros a los titulares de los órganos de control interno de los órganos autónomos reconocidos en esta Constitución que ejerzan recursos del presupuesto de egresos del Estado, así como de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

Con esta reforma se logrará, que también la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, que es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, presupuestaria, financiera y de gestión, también tenga un Órgano Interno de Control.

Debo de señalar que en la sesión pasada el pleno de este congreso aprobó un punto de acuerdo para exhortar a los integrantes del comité estatal de combate a la corrupción para que solicitaran al Órgano Superior de Fiscalización la realización de una auditoria a la Secretaria Ejecutiva de Dicho Sistema.

Es cuanto Gracias.

***

Intervención en el punto número 8 del orden del día: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL NOTARIADO, PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA.

La presente iniciativa versa sobre la trascendental función de una institución jurídica que hoy se encuentra presente en la formalización de diversos hechos y actos relacionados con el patrimonio y la vida de los Oaxaqueños y que constituye uno de los pilares para la seguridad del sistema jurídico mexicano: me refiero a la institución del notariado.

Esta Institución es depositaria de la fe pública del Estado, y al quedar investida su función con esta fe pública, conlleva una gran responsabilidad que demanda un alto compromiso de servicio para con la sociedad. Valorar la trascendencia de tal función resulta a la vez simple en tanto se evidencia la carga que implica actuar con el otorgamiento de un poder jurídico con efectos de fehaciencia, como complejo, en tanto es amplio el conjunto de disposiciones que en el Derecho Mexicano se ocupan a los notarios.

La presente iniciativa tiene como criterio principal establecer los requisitos y procedimientos para la designación de notarios, así como definir el número y ubicación de las notarías en base a criterios estrictamente técnicos estableciendo como medio único el examen público de oposición, con lo cual se busca garantizar la debida profesionalización del notariado, para seguridad de los usuarios del servicio.

Asimismo, debo de señalar que la presente iniciativa contempla la elaboración de un tabulador para el cobro de honorarios, servicios profesionales y los gastos notariales a fin de que la ciudadanía que requiera de los servicios puedan tener la certeza y seguridad de lo que pagan. Este tabulador regirá para todo el territorio de Oaxaca.

Muchos han sido los intentos, para que esta iniciativa pueda volverse realidad, el anterior gobierno inclusive la incluyo como iniciativa preferente, llego hacer dictamen inclusive, pero a último momento fue bajado del orden del día, en la legislatura que nos antecedió solo alcanzo hacer motivo de análisis sin alcanzar el concenso para ser considerada como prioridad.

Compañeros y compañeras, este es el mejor momento para que todos los que integramos esta legislatura hagamos un esfuerzo, conjuntamente con los notarios, gobierno del estado y la sociedad civil y podamos llevar a buen puerto una nueva ley del notariado, que a todos beneficie.

Es cuanto, gracias.

***

Intervención en el punto número 23 del orden del día: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTICULO 5 DE LA LEY DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE PARA EL ESTADO DE OAXACA.

La Organización de Naciones Unidas (ONU), exhortó a todos los países tomar medidas contra el uso de bolsas de plástico, como parte del desafío global por reducir y acabar con la contaminación de los océanos que se incrementa cada año.

La petición anterior, se enmarca como resultado del consumo excesivo de plásticos, cada año se vierten en el océano 13 millones de toneladas de plásticos, advirtiendo que, si los patrones actuales de consumo continúan, en 2030 la producción anual de plástico será de 619 millones de toneladas a nivel global, a este llamado América Latina y el Caribe reaccionan ya que son de las regiones más biodiversas del mundo, con 16 millones de km2 de mar que son fuente de 24% de la pesca global.

Países como Chile, Colombia, Panamá y Costa Rica han restringido el uso de bolsas de plásticos. Chile ya prohibió su uso a partir de 2019, convirtiéndose en el más reciente país que asume una decisión frontal contra las bolsas plásticas.

Colombia prohibió también en 2016 la circulación de bolsas plásticas de pequeño tamaño y en 2017 aplicó un impuesto a bolsas de mayor tamaño. Ecuador se unió este año a la corriente contra el plástico y dictó medidas para restringir el uso de sorbetes, bolsas y botellas desechables en las islas Galápagos. Su objetivo: que el archipiélago sea una zona libre de plásticos. Mientras tanto, Perú quiere también prohibir las bolsas y se debate en el Congreso un proyecto de ley para tal fin. En América Central, la ofensiva contra los plásticos la impulsó Panamá, que devino a inicios de este año en el primer país del istmo en prohibir por ley la bolsa de plástico. Costa Rica lanzó de su lado una estrategia para reducir el uso en un lapso de tres años, en 2021.

De acuerdo a una publicación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de fecha 30 de agosto de 2018, señala que al año se producen 300 millones de toneladas de residuos plásticos, lo que equivale al peso de toda la población humana (ONU Ambiente).  En su mayoría son fragmentos menores a los cinco milímetros, microplásticos (Greenpece), estimando que hay entre cinco y 50 mil millones de microplásticos en el mar, y que en promedio, se utilizan 200 bolsas de plástico por persona al año y tardan alrededor de 400 años en degradarse, una botella de plástico  se tarda 500 años en degradarse, cubiertos 400 años, un popote 100 años y un vaso 65-75 años, y por si esto fuera poco, la mitad del plástico que se produce es desechable, y en general, el plástico constituye el 10% de todos los residuos que se generan en el mundo.

Actualmente los estados como Veracruz, Querétaro y Baja California Sur, cuentan con leyes en las que prohíben el uso de bolsas plásticas, popotes y todo aquello con fines de envoltura, transportación y carga o traslado de alimentos y bebidas, mientras que existen entre ellos, Nuevo León, Sonora, Durango, Jalisco y la Ciudad de México, que han presentados iniciativas para su prohibición. La contaminación en nuestro Estado, es grave ya que por todas las partes de nuestros municipios vemos botellas, bolsas y popotes, aunque cada día, existen más empresas dedicadas al reciclaje, hace falta impulsar acciones de  reciclaje y más centros de confinamiento para tratar y reciclar, es por ello, que resulta necesario que esta Legislatura adecue el marco jurídico de nuestro Estado, para regular el uso de bolsas plásticas y contenedores de poliestireno expandido para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de alimentos y bebidas, así como de popotes plásticos, pues son un foco de  contaminación por plástico originando un problema de salud.

Ante este panorama, es indispensable tomar consciencia de la importancia de reducir nuestro consumo de productos plásticos, a fin de fortalecer la campaña mundial “Mares Limpios” de la Organización de las Naciones Unidas.

La presente iniciativa tiene el objetivo de colaborar y adquiriendo el compromiso de concientizar a la población sobre la problemática que constituye la basura en los mares y océanos del mundo, asimismo a fin de dar cumplimiento a nuestro Marco Constitucional que contiene el Derecho de los ciudadanos a la salud, traduciéndose esto, en que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Es en atención a lo anterior que presento el siguiente proyecto de:

D   E   C   R   E   T   O   :

ÚNICO. SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTICULO 5 DE LA LEY DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE PARA EL ESTADO DE OAXACA; para quedar de la siguiente manera:

Artículo 5. ….

Establecer políticas públicas encaminadas a la prohibición del uso de bolsas de plástico y contenedores de poliestireno expandido para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de alimentos y bebidas, así como de popotes de plástico en cualquier establecimiento de servicio mercantil y similares, así como el establecimiento de políticas públicas encaminadas a la elaboración de productos con materiales que faciliten su reuso o reciclado y que sean de pronta biodegradación o de productos compostable.

Es cuanto, gracias.

 

josé

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