Llama CNDH a Gobierno de Oaxaca a garantizar derechos humanos

* De víctimas de desaparición, desplazamiento y privación de la libertad

* La CNDH mantiene comunicación con la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, que cuenta con expedientes de las víctimas

Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hace un llamado al Gobierno del estado de Oaxaca para garantizar los derechos humanos de las víctimas de desaparición de personas, desplazados y privadas de la libertad.

Lo anterior, mediante la procuración de justicia en las investigaciones, a fin de realizar acciones tendientes a la búsqueda y localización de las víctimas, así como procurar la salud y vivienda digna de personas desplazadas, sin dejar atrás el debido proceso de las personas privadas de la libertad.

Para la CNDH resulta fundamental que las autoridades encargadas de las investigaciones centren sus esfuerzos en ubicar el paradero de la persona desaparecida y, de manera coordinada, practicar las diligencias necesarias para la acreditación de los elementos constitutivos del tipo penal y de la probable responsabilidad de quienes cometieron conductas delictivas que propiciaron la desaparición.

El derecho de acceso a la justicia se encuentra previsto en el Artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y estatuye la prerrogativa a favor de los gobernados de acudir y promover ante las instituciones del Estado competentes, la protección de la justicia a través de procesos que le permitan obtener una decisión en la que se resuelva de manera efectiva sus pretensiones o los derechos que estime le fueron violentados, en los plazos y términos que fijen las leyes respectivas, emitiendo resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita.

Los artículos 21, en sus párrafos primero y segundo, y 102, apartado A, párrafo cuarto, de la Carta Magna, prevén la obligación del Ministerio Público de investigar los delitos, buscar y presentar las pruebas que acrediten la responsabilidad de los inculpados, atribuyéndole, además, el ejercicio de la acción penal ante los tribunales respectivos.

Esa importante tarea exige que el Representante Social tome las medidas jurídicas necesarias para la integración de la investigación ministerial tan pronto como tenga conocimiento de la posible existencia de la conducta delictiva, dando seguimiento a las denuncias que se presenten y allegarse de todos los elementos necesarios de manera oportuna, para el esclarecimiento de los hechos que permiten conocer la verdad de lo sucedido.

En la CNDH seguiremos trabajando de manera atenta y vigilante, como una auténtica defensoría del pueblo, atendiendo a las víctimas y sus familiares, exhortando y observando el cumplimiento irrestricto de los derechos humanos de todas las personas por parte de las autoridades federales, estatales y municipales, para que haya memoria, verdad, justicia, reparación de daño y garantía de no repetición.

josé

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