* Todo el mes de mayo y hasta el 15 de junio las oficialías del registro Civil realizarán aclaraciones de actas de manera gratuita
* Un acta con margen de error es un impedimento para realizar cualquier trámite de beneficio personal
Oaxaca, Oax.- La directora del Registro Civil, Haydeé Reyes Soto, dio a conocer que durante todo el mes de mayo y hasta el 15 de junio estará vigente el programa gratuito “Junio mes de aclaración de actas”.
Explicó que las personas que hayan detectado algún error en su acta de nacimiento, reconocimiento, inserción, matrimonio, divorcio o el de defunción de un familiar, podrán acercarse a su oficialía correspondiente a solicitar la corrección.
Reyes Soto aclaró que este programa únicamente tiene validez en el estado y es un trámite que debe realizarse de manera personal, exceptuando casos de fuerza mayor.
Dijo que la institución entregará las aclaraciones en un lapso no mayor de cuatro meses y mencionó los dos tipos de aclaración que se realizarán con este programa: la aclaración ordinaria, que comúnmente tiene un costo total de 296 pesos y consiste en corregir cualquier falta de ortografía, lingüístico, mecanográfico, inversión de apellidos, así como la falta de datos no esenciales cuya deducción sea posible en razón a los demás datos existentes en el acta, error en el sexo y estado biológico. Mientras que en una aclaración por uso, que cuesta 910 pesos, se podrá corregir la falta de un apellido.
La directora enlistó los requisitos que los interesados deberán entregar para armar el expediente de la aclaración.
Para el caso de la aclaración ordinaría, se necesita elaborar una solicitud de aclaración, y anexar fotocopia certificada del libro de la oficialía o un comprobante de inexistencia, fotocopia certificada del Archivo Central o comprobante de inexistencia.
Con relación a la aclaración de acta por uso: Solicitud de aclaración, fotocopia certificada del libro de la oficialía o un comprobante de inexistencia, fotocopia certificada del Archivo Central o comprobante de inexistencia, más un mínimo de tres documentos públicos donde se pueda comprobar el uso del apellido que se pretende aclarar.
En los dos casos de aclaración, el usuario deberá tener presente que, según sea el caso, el oficial le solicitará la fotocopia del acta de matrimonio, constancia de origen y vecindad, constancia de identidad, cuando no se tiene una identificación oficial, índice alfabético del libro, boleta del registro original, copia del diccionario de nombres propios y fotocopia certificada del libro de nacimiento del libro de progenitores.
Asimismo, Reyes Soto invitó a toda la población ”a darse cinco minutos” para revisar que sus actas estén correctas, pues un acta que tiene un error no puede identificar al interesado, sin mencionar que es un impedimento para realizar cualquier trámite personal.
También pidió que cuando se realice un trámite en el registro Civil, no se abandone hasta haber revisado que su acta fue expedida correctamente, pues en ese momento, el oficial tiene la obligación de subsanar el error.