* Buscan que la regulación del suelo proveniente del régimen agrario se sujete a lo dispuesto en la Ley Agraria
Ciudad de México.- La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamientos Territorial y Desarrollo Urbano, es generosa en su intención de hacer efectivo el derecho a la ciudad, pero vulnera la voluntad de los ejidatarios y comuneros expresada a través de la Asamblea Ejidal, denunció la senadora Luisa María Calderón Hinojosa.
Ante ello, la legisladora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) propuso una iniciativa para adicionar y reformar diversos artículos de la citada Ley General, expedida en 2016, en materia de regulación de suelo bajo régimen agrario.
Planteó establecer que la regulación del suelo proveniente del régimen agrario se sujete a lo dispuesto en la Ley Agraria; así como establecer que la urbanización, fraccionamiento, transmisión o incorporación al desarrollo urbano de predios ejidales o comunales, deberá contar con las autorizaciones favorables de la asamblea ejidal o comuneros.
La senadora refirió que debe legislarse el derecho a la ciudad y a la vivienda adecuada, de la mano con el derecho que tienen los ejidatarios, lo cual impacta en el campo y en la seguridad alimentaria nacional.
“No puede desaparecerse de un plumazo la existencia de la autonomía de los ejidos y de sus autoridades, sobre el uso de su tierra”, comentó ante el Pleno.
Dijo que las personas tienen derecho a una ciudad con servicios básicos, energía, vivienda, y transporte; así como buscar el mejor aprovechamiento de los recursos naturales, reducir la contaminación y la pobreza, pero esto no se encuentra considerado en la Ley.
Además, la Ley Agraria se encuentra sujeta a lo dispuesto en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, lo que afecta el derecho de los ejidatarios y comuneros de asociarse para el aprovechamiento de sus recursos productivos.
Detalló que actualmente basta con que los planes o programas de desarrollo urbano determinen que las parcelaciones son susceptibles de una acción urbanística, para que en éstas se realicen sin el consentimiento u opinión de la Asamblea Ejidal.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial, de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos para su análisis.