* Fue diagnosticada erróneamente con fibrosis quística en la unidad de medicina familiar 28 de Mexicali, Baja California y perdió la vida por cáncer de mama
México, DF.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 37/2014 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por un caso de inadecuada atención médica por parte de personal de la Unidad de Medicina Familiar 28 de Mexicali, Baja California, en agravio de una mujer que fue diagnosticada equivocadamente con fibrosis quística, deteriorándose su salud hasta perder la vida por cáncer de mama.
El 14 de marzo de 2011, la victima de 46 años de edad, acudió a la Unidad de Medicina Familiar 28 con dolores intensos en el seno izquierdo; el médico familiar le diagnosticó fibrosis quística debido a su edad y al cambio hormonal.
Durante un año fue atendida bajo este diagnóstico tanto por el médico familiar como por el jefe de servicios de medicina familiar de dicho nosocomio, sin que los dolores disminuyeran y aumentando la tumoración, por lo que en marzo de 2012 la agraviada acudió a una clínica privada donde le diagnosticaron cáncer de mama.
El 14 del mismo mes y año, la víctima presentó denuncia ante la Procuraduría General de Justicia del Baja California, que la turno a la Procuraduría General de la República (PGR), donde aún se encuentra en integración.
El 6 de abril de 2012 la afectada ingresó de emergencia al Hospital General de Mexicali de la Secretaría de Salud de Baja California, donde recibió un mal pronóstico para la vida; falleció en su domicilio el 20 de abril de 2012 por adenocarcinoma de mama terminal.
El padre de la paciente, presentó queja ante la Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana del estado, que fue remitida a este Organismo nacional el 7 de mayo de 2012.
Tras analizar el caso, la Comisión Nacional contó con elementos que evidencian violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, protección a la salud, al trato digno y a la vida de la mujer, atribuibles al personal médico adscrito a la Unidad Familiar 28 del IMSS en Mexicali, Baja California.
Confirmó que omitieron el ejercicio de la aplicación de la ley, faltas a la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones; así como prestar indebidamente el servicio público, impericia y negligencia médica, e inadecuada atención médica, debida y oportuna.
Por ello, en la Recomendación 37/2014, la CNDH pide al IMSS se tomen medidas para reparar el daño ocasionado a los familiares de la víctima; que los servidores públicos de la Unidad de Medicina Familiar 28 entreguen copia de certificación y recertificación obtenidas de los Consejos de Especialidades Médicas que acrediten la actualización, experiencia y conocimientos para mantener las habilidades necesarias para un servicio médico adecuado y profesional.
Asimismo, se impartan cursos de capacitación en materia de derechos humanos a todo el personal del IMSS, especialmente en esa Unidad de Medicina Familiar, así como conocimiento y manejo sobre la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
Integrar debidamente los expedientes clínicos sobre la atención médica que brindan; se colabore con la CNDH en la presentación de queja y denuncia ante el Órgano Interno de Control del IMSS y la PGR, respectivamente, y en la suscripción de los familiares afectados ante el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Ley General de Víctimas.