* La Comisión envió un informe a la Cámara de Senadores para especificar las inconsistencias encontradas en visitas, durante febrero y marzo de 2014
* Asimismo, hace recomendaciones a los gobernadores y al jefe de gobierno del DF para terminar con los malos tratos
México, DF., 03-mar-2015.- El Senado de la República recibió el Informe Especial sobre los Centros de Tratamiento Interno para Adolescentes que infringen las leyes penales que dependen de los gobiernos estatales y del Distrito Federal en la República Mexicana, enviado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
El documento refiere que, durante febrero y marzo de 2014, personal de la CNDH, con el apoyo de personal de los organismos públicos protectores de derechos humanos de diversos estados, visitó y supervisó 56 centros para adolescentes que han infringido las leyes penales, en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, para examinar el trato y las condiciones de detención de los menores recluidos.
Cabe destacar que de esos lugares, 15 son varoniles, 37 son mixtos, y únicamente cuatro son exclusivos para mujeres. En ellos se encuentran internos cuatro mil 734 jóvenes, específicamente cuatro mil 448 hombres y 286 mujeres. Detalla que mil 841 se encuentran sujetos a procedimiento y dos mil 893 están cumpliendo con un tratamiento; asimismo, cuatro mil 438 de ellos están internados por delitos del fuero común y 296 por delitos del fuero federal.
El informe de la CNDH refiere que el trato que reciben los menores recluidos, contraviene diversas normas nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
Entre las irregularidades se encuentran: tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes; deficiencia de las instalaciones e insalubridad; falta de áreas para actividades; desigualdad de las áreas y personal especializado; deficiencias en la alimentación; sobrepoblación y hacinamiento; inapropiada separación y clasificación; irregularidades en la imposición de sanciones disciplinarias, insuficiente difusión de reglamentos y en algunos casos, la inexistencia de reglamentos y de manuales de procedimientos.
Asimismo, se detectaron irregularidades en la prestación del servicio médico; ausencia de programas contra las adicciones y desintoxicación; falta de capacitación del personal de los centros de tratamiento interno y deficiencias en su supervisión; presencia de elementos policiales que viven en los establecimientos; obstrucción de la visibilidad hacia el interior de las estancias; falta de modificaciones y adaptaciones para facilitar la accesibilidad de personas con discapacidad física; y falta de apoyo de intérpretes para quienes pertenecen a comunidades indígenas y no hablan el idioma español.
Los jóvenes en los centros de tratamiento interno en Berriozábal, Chiapas; femenil en Villahermosa, Tabasco; y en Alto Lucero, Veracruz, denunciaron maltrato físico y psicológico por parte de servidores públicos, tales como golpes, insultos, amenazas, permanencia en posturas forzadas y uso de esposas por lapsos prolongados; utilización de gas pimienta, vendas en los ojos, condiciones de encierro sin ropa, en celdas insalubres, sin servicios sanitarios ni ventilación, así como privación de agua y alimentos.
En cinco centros de tratamiento interno en Coahuila, Chihuahua, Distrito Federal y Sonora, la población interna rebasa la capacidad, mientras que en cuatro establecimientos en las entidades de Durango, Estado de México, Jalisco y Tamaulipas, se hallaron condiciones de hacinamiento debido a una mala distribución. Lo anterior provoca que varios adolescentes compartan cama o duerman en el piso.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos hizo recomendaciones a los gobernadores y al jefe de gobierno del Distrito Federal para resolver los problemas que presentan las estancias estatales donde se encuentran los jóvenes que infringieron leyes penales.
Entre ellas se encuentran: girar instrucciones precisas a las autoridades encargadas de los centros para evitar toda clase de abusos y maltrato físico y psicológico, así como para que la fuerza y los instrumentos de coerción, únicamente sean utilizados en casos excepcionales, siempre y cuando se hayan agotado los medios pacíficos de control y de acuerdo a la forma expresamente autorizada por un ordenamiento legal.
Particularmente, se debe erradicar cualquier acto relacionado con golpes, insultos, amenazas, permanencia en posturas forzadas. El uso de esposas por lapsos prolongados; utilización de gas pimienta, vendas en los ojos, el despojo de la ropa y encierro en celdas insalubres sin servicios sanitarios ni ventilación.
Lo anterior, sin menoscabo de las medidas de seguridad que deben prevalecer para garantizar la seguridad de los establecimientos y evitar situaciones de riesgo para la integridad de los adolescentes, el personal que ahí labora y los visitantes, especifica el informe.
Dicho documento fue remitido a la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República para su análisis.