La sanción que con motivo del proceso electoral en Oaxaca le impuso el IFE al PRI, a diversas televisoras y radiodifusores y al candidato priista a la gubernatura, Eviel Pérez Magaña fue revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Durante la campaña electoral en Oaxaca, se utilizaron espacios en radio y televisión para promover la toma de protesta de Eviel como candidato de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México que no fueron asignados por el IFE.
En otras palabras difundieron Infomerciales en los que se promocionaba al entonces candidato del PRI en programas como el noticiero de Joaquín López Dóriga mediante presuntas notas disfrazadas de cobertura tradicional que no formaban parte del contenido del noticiero. Es decir, mediante publicidad pagada.
Las sanciones determinadas por el IFE consistieron en una simple amonestación pública. Con votación dividida se argumentó que tomando en cuenta la opinión de un experto en la materia se podía concluir que se trataba de espacios pagados y no de una nota tradicional.
Para analizar la existencia del incumplimiento al Código Electoral Federal, el IFE solicitó al Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades de la Universidad Nacional Autónoma de México la opinión de un académico especialista en medios de comunicación, publicidad y campañas electorales en dicho Centro; fue así como el Doctor Julio Juárez Gámiz fue experto encargado de analizar si los Infomerciales transmitidos fuera de la pauta ordenada por el IFE beneficiaban al candidato a gobernador de Oaxaca.
La amonestación fue impugnada por el PRI argumentando, entre otras cosas, que la opinión del experto de la UNAM no cumplió con los requisitos formales en el procedimiento para poder ser considerada como una prueba pericial. El Tribunal Electoral le dio la razón al PRI, en parte por falta de fundamentación y motivación en la resolución del IFE y por las contradicciones en las que incurrió al tratar de defender la opinión del Doctor Juárez Gamíz.