México, DF., 14-abr-2015.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) de la Secretaría de Gobernación (Segob), al Instituto Nacional de Migración (INM), a la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO) y a la presidencia Municipal de Ixtepec, Oaxaca, que adopten medidas cautelares para proteger y preservar los derechos humanos de las personas que participan en la caravana migrante, así como de defensores y activistas, como consecuencia de la queja que se presentó ante este Organismo nacional en días pasados.
Lo anterior busca que las autoridades preserven los derechos humanos de quienes participan en la caravana, cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley de Migración y atendiendo a las obligaciones que impone a todas las autoridades el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el sentido de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En particular, se ha solicitado que se adopten las medidas necesarias para respetar y preservar los derechos de las niñas, niños y adolescentes que participan, dada la mayor vulnerabilidad que presentan a la afectación de sus derechos y la gravedad de las consecuencias que tales actos pueden representar para los mismos.
Entrevistado al término de su participación en el Seminario “La Constitución, análisis rumbo a su centenario”, organizado por el Senado de la República, el Ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, señaló que este Organismo nacional estará atento, como ha ocurrido desde el pasado 25 de marzo, a que se respeten los derechos humanos de una población que enfrenta diversas vejaciones y condiciones difíciles en nuestro país.
En tal sentido, reiteró la necesidad e importancia de visibilizar la problemática de los migrantes en México e hizo un llamado a las autoridades migratorias para que se entienda el contexto adverso del fenómeno migratorio y se emprendan acciones para la atención del mismo.
La protección de la población migrante constituye una obligación de un Estado democrático de derecho que demanda el respeto total a la dignidad de toda persona, con independencia de su condición o estatus migratorio.