EU viola derecho internacional si ejecuta a mexicano, condenado a muerte en Texas: AI

Oaxaca.- Amnistía Internacional considera que la ejecución que se hará de Humberto Leal García, prevista para el próximo 7 de junio, es un acto del gobierno de los Estados Unidos que viola el artículo 36 de la Convención de Viena.
La postura no acata la determinación de la Corte Internacional de Justicia, de revisión y reconsideración judicial de la declaración de culpabilidad, por lo que no debe de ser ejecutado hasta la revisión de su caso.
De aplicarle la pena de muerte a este mexicano en Texas, los Estados Unidos no cumplirán con una obligación internacional, y ello constituye una “conducta internacionalmente indebida”, ya que Humberto Leal García, no tuvo una defensa adecuada, ya que fue juzgado y condenado a muerte sin que se notificaran sus derechos.
A Leal García se le responsabiliza del asesinato de Adria Sauceda, de 16 años, cometido el 21 de mayo de 1994 en San Antonio, Texas, cuando Humberto Leal tenía 21 años en el momento del delito, por lo que fue sentenciado a muerte en 1995.

La CIJ ordenó a Estados Unidos que sometiera a revisión y reconsideración judicial las declaraciones de culpabilidad y las condenas para determinar si la defensa de estos hombres se había visto perjudicada por las violaciones de la Convención de Viena.

ACCIÓN URGENTE
PREVISTA UNA EJECUCIÓN PESE A LA ORDEN DE UN TRIBUNAL INTERNACIONAL
Está previsto que Humberto Leal García, ciudadano mexicano, sea ejecutado en Texas el 7 de julio. Tras su detención le negaron sus derechos consulares.
Si se permite que se lleve a cabo, su ejecución violará el derecho internacional y una orden vinculante de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).
Humberto Leal García fue condenado a muerte en 1995 por el asesinato de Adria Sauceda, de 16 años, cometido el 21 de mayo de 1994 en San Antonio, Texas. Humberto Leal tenía 21 años en el momento del delito.
Ahora tiene 38. Aunque es ciudadano mexicano, tras su detención en ningún momento le informaron de su derecho a pedir asistencia consular “sin retraso alguno”, según establece el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. De hecho, fue acusado, juzgado y condenado a muerte sin que se le notificara este derecho.
El acceso oportuno a la asistencia consular puede ser una salvaguardia fundamental de juicio justo, especialmente en un sistema de pena capital en el que la asistencia letrada que el Estado proporciona a los acusados que no pueden permitirse contratar un abogado ha sido a menudo sumamente inadecuada.
El gobierno de México ha afirmado que podría haber ayudado en la investigación de la defensa sobre el caso, haber proporcionado fondos para pagar a investigadores con experiencia y expertos en salud mental, y haber adoptado medidas para garantizar que Humberto Leal estaba representado por abogados competentes. Sin esta asistencia consular, a Humberto Leal, que no tenía experiencia en el sistema de justicia penal, se le asignaron unos abogados cuya actuación ha sido puesta seriamente en duda.
Han pasado ya más de siete años desde que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) resolvió que Estados Unidos había violado el artículo 36 de la Convención de Viena en los casos de 51 ciudadanos mexicanos –entre ellos Humberto Leal– que habían sido condenados a muerte en Estados Unidos.
La CIJ ordenó a Estados Unidos que sometiera a revisión y reconsideración judicial las declaraciones de culpabilidad y las condenas para determinar si la defensa de estos hombres se había visto perjudicada por las violaciones de la Convención de Viena.
Tras la ejecución en Texas, en 2008, de uno de estos hombres (véase http://www.amnesty.org/es/library/info/AMR51/089/2008/es), México volvió a la CIJ, que en 2009 confirmó que su resolución original, que incluía que Humberto Leal no debía ser ejecutado hasta que se llevara a cabo la revisión y reconsideración judicial, continuaba plenamente vigente y constituía para Estados Unidos una obligación que “debe cumplirse incondicionalmente; su incumplimiento constituye una conducta internacionalmente indebida”.
No cabe como excusa cualquier aspecto del derecho nacional que obstaculice el cumplimiento, subrayó la CIJ, que manifestó asimismo que Estados Unidos debía encontrar “rápidamente” un medio “efectivo” para dicho cumplimiento.
El 14 de junio, el senador Patrick Leahy presentó en el Congreso estadounidense un proyecto de ley dirigida a aplicar la resolución de la CIJ y a facilitar el cumplimiento del artículo 36 de la Convención de Viena. Sin embargo, Humberto Leal se enfrenta a la ejecución sin haber recibido la revisión y reconsideración judicial completa ordenada por la CIJ.
ESCRIBAN INMEDIATAMENTE, en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:
• Expresando preocupación porque Texas se dispone a ejecutar a Humberto Leal García en flagrante violación de una orden de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que es legalmente vinculante para Estados Unidos;
• Señalando que a Humberto Leal no se le notificó en ningún momento su derecho a pedir asistencia consular, y que se han planteado serias dudas sobre la calidad de su asistencia letrada durante el juicio;
• Pidiendo que se conmute la condena de muerte de Humberto Leal García o que, como mínimo, se le conceda una suspensión mientras el Congreso aprueba la legislación propuesta para aplicar la resolución de 2004 de la CIJ.
ENVÍEN LLAMAMIENTOS LO ANTES POSIBLE, Y ANTES DEL 07 DE JULIO DE 2011, A:
Junta de Indultos y Libertad Condicional
Clemency Section, Texas Board of Pardons and Paroles
8610 Shoal Creek Blvd. Austin, TX 78757-6814, EE. UU.
Fax +1 512 467 0945

admin

One thought on “EU viola derecho internacional si ejecuta a mexicano, condenado a muerte en Texas: AI

  1. La verdad esto es un ainjusticia ya que humberto leal garcia debe de tener un juicio justo y tenia que ser notificado de sus derechos, que tal si en mexico condenan a un estaunidense a muerte por ese delito. ponganse en ese lugar y dejen que humberto tenga un juicio JUSTO!

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