Concluye STC Metro relación laboral con conductor que operaba ebrio un tren en línea 9

Conducía en estado de ebriedad
El conductor fue objeto de reclamos de parte de los pasajeros
* Da vista a la Contraloría para integrar la investigación administrativa

México, DF.- El Sistema de Transporte Colectivo (STC) determinó dar por terminada la relación laboral con el conductor Leopoldo Moreno Cruz, derivado de su actuación indebida al operar un tren en estado de ebriedad, la noche del sábado 17 de mayo.

El STC señala que dará vista a la Contraloría Interna del Organismo para que integre la investigación administrativa. Con los documentos de prueba y los testimonios recabados sobre el hecho, el STC notificó la resolución correspondiente, cuyo efecto es rescindir la relación laboral con el conductor.

La baja está fundamentada en el artículo 47, fracciones VII, XIII y XV de la Ley Federal del Trabajo, donde se establece: “Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:

VII. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.

XIII. Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico.

También, se dará vista a la Contraloría Interna del STC para que integre la averiguación correspondiente, cuyo resultado podría ser la inhabilitación de Moreno Cruz para desempeñar algún cargo o comisión en el servicio público.

La gravedad de la conducta en que incurrió Moreno Cruz se corroboró con dos pruebas de alcoholemia que se le practicaron con su consentimiento, en las cuales dio positivo.

El STC considera indebida la actuación del conductor por la alta responsabilidad de su tarea y ha realizado el proceso con apego a los derechos laborales y garantías de procedimiento del conductor, quien tuvo la oportunidad de presentar los elementos de prueba y alegatos que considerara convenientes en su defensa, pero las pruebas en su contra –incluida su aceptación de que al salir a tomar alimentos dentro del turno que cubría consumió bebidas alcohólicas- constituyen la base para aplicar la sanción.

Como antecedentes del hecho, el sábado pasado, alrededor de las 21:12 horas, Moreno Cruz fue detectado en estado de ebriedad en la estación Velódromo, de la Línea 9, donde era objeto de reclamos de parte de los pasajeros.

Debido a esta circunstancia, la policía auxiliar Delia Montiel Martínez lo aseguró y llevó al cubículo del Inspector Jefe de Estación para iniciar el procedimiento correspondiente. Alrededor de las 22:04 horas acudió personal de Seguridad Industrial e Higiene para realizarle pruebas de alcoholemia al conductor, cuyo resultado fue positivo.

josé

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