* Respeta IEEPCO autodeterminación de las comunidades indígenas para elegir a sus autoridades
Oaxaca, Oax 01-feb-2016.- El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) acatará la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), respecto a dejar sin efecto los trabajos de la consulta ciudadana para cambio de régimen político en el municipio de San Sebastián Tutla.
De acuerdo con la consejera Electoral y presidenta de la Comisión de Sistemas Normativos Indígenas, Elizabeth Bautista Velasco, la resolución del TEPJF señala que el derecho de autodeterminación de los pueblos indígenas, protegido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe prevalecer.
Esto implica que de realizarse la consulta se atentaría contra los usos y costumbres del municipio antes mencionado.
En este sentido, la consejera Electoral indicó que el IEEPCO atiende las recomendaciones y resoluciones del órgano jurisdiccional y hace un llamado a las autoridades de dicho municipio para que mediante el diálogo se lleguen a los acuerdos, que permitan el desarrollo de esta localidad ubicada en la zona conurbana a la ciudad de Oaxaca de Juárez.
Señaló que la Comisión que preside, mantiene un trabajo permanente en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos con el objetivo de que las elecciones de autoridades de los 417 municipios bajo éste régimen, se realicen en un marco de paz y tranquilidad.
De igual forma, Bautista Velasco exhortó a las autoridades de este municipio para que incorporen la perspectiva de género en sus acciones, que en el ámbito de su competencia y atribuciones, se lleven a cabo para la renovación de sus próximas autoridades municipales.
El órgano electoral reitera su compromiso para respetar la autodeterminación de las comunidades indígenas para elegir a sus autoridades, derecho que se encuentra protegido en diversas disposiciones nacionales e internacionales de las que México forma parte.
Oaxaca es un estado con una diversidad cultural muy importante, donde conviven comunidades indígenas y afromexicanas reconocidas por nuestra constitución local. Dicha diversidad es reconocida y protegida por esta institución en la medida de sus atribuciones, subrayó.
* Validan elecciones extraordinarias de San Martín de los Cansecos y Santo Domingo Xagacía; se validó el cambio de regidor en San Juan Atepec
En sesión especial, el Consejo General del IEEPCO calificó como legalmente válidas las elecciones de autoridades de los municipios de San Martín de los Cansecos, Santo Domingo Xagacía y San Juan Atepec.
Atendiendo la resolución dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca en el expediente JNI/30/2014 y JNI/31/2014 y acumulados, el Consejo General determinó que la asamblea comunitaria de elección realizada en el municipio de San Martín de los Cansecos, cumplió con las normas señaladas en sus estatutos comunitarios y expuestos en la convocatoria de elección extraordinaria
En este sentido, las y los integrantes del Consejo General reconocieron a la asamblea comunitaria de esta localidad al promover la participación política de la mujer y haber elegido a la ciudadana Agripina Pacheco García, como su presidenta municipal y los exhortó a continuar con la inclusión de la perspectiva de Género en la elección de sus autoridades.
El Consejo General calificó como válida la elección extraordinaria en el municipio de Santo Domingo Xagacía, al cumplir con lo mandatado en el acuerdo IEEPCO-CG-SIN-22/2015, donde se le exhortó a las autoridades a incluir la perspectiva de género en la elección de sus autoridades.
Luego de realizar su elección -cumpliendo con lo mandatado por el Consejo General-, la asamblea comunitaria de elección se realizó en un ambiente de paz y tranquilidad.
Respecto al municipio de San Juan Atepec, el Consejo General validó la asamblea general comunitaria donde fue electo el ciudadano, Joaquín René Pérez Pérez, quien fungirá como regidor de Hacienda, toda vez que quien ostentaba el cargo, renunció. En este sentido la comunidad determinó realizar la elección para nombrar a quien asumirá dicha encomienda.