Aprueba Comisión reforma para imponer de 20 a 40 años de prisión a quien explote sexualmente a su pareja

* Destacan senadores que se requiere un marco legal que refleje la realidad cotidiana con la tipificación del delito de trata de personas

Ciudad de México.- La Comisión de Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República aprobó un Dictamen para imponer pena de 20 a 40 años de prisión y de dos mil a 30 mil días de multa, a quien explote sexualmente a su pareja, al aprovecharse de la relación matrimonial, concubinato, sociedad de convivencia u otra relación sentimental análoga.

El proyecto, que reforma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos, plantea que en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio y sin efectos el concubinato.

Las y los senadores de este órgano legislativo, que preside el senador Rafael Espino de la Peña, propusieron, además, aplicar de 25 a 45 años de prisión y de dos mil 100 a 30 mil días de multa, a quien, con la finalidad de explotar sexualmente a su pareja o descendientes de esta, establezca alguna relación sentimental análoga, bajo el engaño de constituir una familia, independientemente de la edad de la pareja o de su descendencia.

El Dictamen precisa que, una relación sentimental análoga es otra forma de unión sentimental que no llegue a constituirse en matrimonio, concubinato o sociedad de convivencia por razón de tiempo u otro requisito legal.

Los senadores mencionaron que se requiere contar con un marco legal que refleje la realidad cotidiana que conlleva consecuentemente con la redefinición de la tipificación del delito de trata de personas, así como las sanciones correspondientes, sin pasar desapercibida la actualización y profesionalización de las autoridades que intervienen en la atención de este delito.

Destacaron que es prioritario actualizar los tipos penales a la realidad, además de contemplar dentro de los mismos, el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes, que tiene por objetivo el formar parte de un grupo criminal o utilice a menores para cometer cualquiera de las actividades delictivas por grupos armados.

Las y los legisladores reconocieron que hace falta una adecuada profesionalización con perspectiva de género e infancia para las autoridades que intervienen en todo proceso de trata de personas, desde la medida de acompañamiento, protección, denuncias ante las autoridades ministeriales, el proceso jurisdiccional, hasta llegar a la ejecución de las sentencias que contengan medidas reparatorias.

La Comisión de Estudios Legislativos Segunda También aprobó con modificaciones, el Dictamen con Proyecto de Decreto para reformar y adicionar las leyes Federal del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, en materia de Permisos para Estudios Médicos Preventivos.

Espino de la Peña propuso que los permisos, en lugar de ser solamente para pacientes con cáncer, sean para los trabajadores en general que los requieran, lo cual fue aprobado en forma unánime.

josé

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