* El magistrado del TEPJF consideró que sólo cuando existan condiciones que atenten contra los valores fundamentales de la democracia, se deben aplicar los límites necesarios a su ejercicio
* Las redes sociales constituyen un megáfono personal abierto para expresarse, a fin de que en los procesos electorales se emita un voto informado y razonado, dijo
Mexicali, BC., 03-may-2016.- Pedro Esteban Penagos López, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), señaló que las redes sociales maximizan el ejercicio de la libertad de expresión para emitir un voto informado y razonado, sin embargo consideró necesaria su regulación en materia electoral, a fin de procurar que no exista inequidad en la contienda.
“Estamos en una etapa de transición en la que se oyen voces que exigen su regulación, que si bien es necesaria, no debe caer en su limitación como instrumento para el ejercicio de la libertad de expresión, pues hay que procurar un régimen de plena apertura, salvo casos de excepción”, precisó.
Al impartir la conferencia “Libertad de expresión: El uso de las redes sociales en procesos electorales”, en la Sala de Sesiones del Tribunal de Justicia Electoral en Mexicali, Baja California, y en el Centro Cultural de Tijuana, Penagos López reconoció que las redes constituyen el instrumento más importante para hacer oír y atender la voz, y la voluntad ciudadana, maximizando el ejercicio de la libertad de expresión.
Además, dijo que el uso de las redes sociales tiene la ventaja adicional de que no se necesita permiso o concesión, y no genera costo alguno, excepto en casos de publicidad contratada. “En su caso, debe ser regulada en la materia electoral, para procurar que no exista inequidad en la contienda, derivada de situaciones de índole financiera”, añadió.
El magistrado de la Sala Superior indicó que las redes sociales son producto de la deliberación social, que es la base de la democracia, por lo que se debe hablar del ciberactivismo político-electoral, como un nuevo modelo de participación democrática del siglo XXI.
“De ahí podríamos afirmar que Internet, al igual que el voto, es un instrumento útil para que la voz del ciudadano y su voluntad, trasciendan en cambios estructurales en la forma de gobierno. En palabras de Mark Zuckerberg, “gracias a las redes sociales y otras herramientas de Internet… millones de personas dicen lo que piensan y su voz es escuchada”, esa es una fase fundamental de la democracia”, expresó.
* Los jueces deben tutelar el derecho a opinar e informarse
Penagos López destacó que los medios de comunicación electrónicos sirven para potenciar la libertad de expresión en países democráticos, como parte del derecho humano de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole en medios digitales, establecidos en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo 13 del Pacto de San José.
“Es necesario que los jueces de la democracia partamos de la base de que, en un sistema democrático, a la sociedad le asiste el derecho a opinar e informarse, para procurar un proceso deliberativo de amplia participación, en el que se despliegue de manera auténtica, completa y sin restricciones indebidas, su libertad de expresión”.
Estableció que como todos los demás derechos, la libertad de expresión a través de las redes sociales, no es absoluta, por ello, como consecuencia de la obligación primaria de neutralidad del Estado, los juzgadores electorales, tanto federales como locales, deben velar porque las redes sociales sean el medio que posibilite el ejercicio abierto, plural y expansivo de la libertad de expresión, como una forma de empoderamiento de la ciudadanía para la emisión del voto mejor informado.
“Sólo cuando existan condiciones que atenten contra los valores fundamentales de la democracia, como puede ser la inequidad, se deben aplicar los límites necesarios a su ejercicio”, manifestó ante los magistrados presidente del Tribunal de Justicia Electoral del Estado, Martín Ríos Garay, y Leobardo Loaiza Cervantes, personal del Tribunal Estatal y especialistas en materia electoral.
Por ello, añadió, la Sala Superior del Tribunal Electoral ha considerado que como la legislación electoral carece de regulación específica para el uso de Internet y redes sociales, debe analizarse caso por caso para poder establecer si determinados mensajes publicados en esos medios, rebasan o no los límites de la libertad de expresión, pero siempre con un ánimo de apertura, que privilegie y maximice las libertades inherentes, de lo que debemos entender como la plaza pública virtual.