Dirige la CNDH Recomendación al ISSSTE por inadecuada protección de la salud

* Un recién nacido perdió la vida en el Hospital Regional “1º de Octubre” de la Ciudad de México

* Análisis lógico-jurídico realizado al conjunto de evidencias que integraron el expediente de queja

Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 15/2020 a la Dirección General del ISSSTE, en virtud de que personal del Hospital General Regional “1º de Octubre” en la Ciudad de México, incurrió en inadecuada atención a una mujer a quien se le afectó su derecho a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica, y a su recién nacido se le afectó su derecho a la salud, a la vida y al interés superior de la niñez.

El 30 de enero de 2017, la mujer -con 35 semanas de gestación- ingresó alrededor de las 10:30 horas al área de urgencias de Hospital “1° de Octubre”, por el comienzo del trabajo de parto. A las 17:19 horas, le fue practicada una cesárea de manera urgente de forma injustificada. Además, el personal médico no consideró que era un parto pre término y no aplicó maduradores pulmonares ni retardantes, como debían hacerlo.

A esa hora nació el niño, y su padre quien se encontraba presente en el parto, manifestó que lo escuchó llorar y que estaba en perfectas condiciones. 30 minutos después, una enfermera les informó que el recién nacido tenía dificultades para respirar, por lo que fue ingresado a la Unidad de Cuidados Intensivos del Recién Nacido (UCIREN), permaneciendo internado para su atención hasta el 14 de febrero de ese año cuando presentó paro cardiorrespiratorio y falleció.

En el certificado de defunción el personal médico asentó que la causa de muerte había sido Hiperkalemia (elevación de potasio), falla renal aguda y choque séptico.

De la investigación realizada por este Organismo Nacional se observó la inadecuada atención médica desde el parto y durante su estancia en la UCIREN que llevó a la perdida de la vida del recién nacido.

Se encontró que la atención en varias ocasiones fue realizada por personal médico residente sin supervisión, no se aplicaron medicamentos para madurar los pulmones, ni seguimiento adecuado de infecciones, no se realizaron radiografías y estudios de laboratorios necesarios, el equipo de respiración mecánica dejó de funcionar y no había más, así como diversos errores médicos, como aplicación de potasio cuando ya no lo necesitaba, lo que llevó a que se elevara considerablemente.

Por lo anterior, este organismo nacional autónomo considera que por parte del Estado no se cumplieron con las condiciones mínimas que le permitieran gozar de servicios de atención médica adecuados, integrales y de calidad.

La CNDH recomendó al director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Luis Antonio Ramírez Pineda, que se repare integralmente el daño y se inscriba a los padres del recién nacido en el Registro Nacional de Víctimas, proporcione atención médica y psicológica; y se colabore la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control.

Crear un Programa permanente para la prevención y atención de los casos de violencia obstétrica que incluya la supervisión de los centros de salud y capacitar en derechos humanos al personal médico y residentes.

También, tendrá que dotar al Hospital “1° de Octubre” de los instrumentos, equipo, medicamentos, infraestructura, personal médico y todo aquello que garantice los estándares de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad en los servicios de salud que brinde, incluyendo las prácticas administrativas que pueden impedir y retrasar la realización y entrega de estudios de laboratorio y gabinete.

Esta Recomendación ya fue notificada a su destinatario y puede consultarse en la página www.cndh.org.mx

josé

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