Emite CNDH Recomendación a la Secretaría de Marina por tratos crueles contra dos mujeres y un menor de edad

Hechos ocurridos el 27, 28 y 29 de noviembre de 2012
Por la detención arbitraria, retención y cateo ilegales, así como tratos crueles.

* Investigan detención arbitraria, retención y cateo ilegales

* Este Organismo Nacional acreditó que con sus acciones, servidores públicos de la SEMAR vulneraron los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad y privacidad, a la libertad e integridad personal y al acceso a una vida libre de violencia de las víctimas

Ciudad de México., 29-jun-2016.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 30/2016 al titular de la Secretaría de Marina (SEMAR), Vidal Francisco Soberón Sanz, por la detención arbitraria, retención y cateo ilegales, así como tratos crueles de elementos de esa dependencia, en agravio de dos mujeres y un menor de edad, en Coatzacoalcos, Veracruz.

Los tres casos sucedieron en lugares y momentos distintos, en las fechas, 27, 28 y 29 de noviembre de 2012. La primera mujer fue sustraída de su domicilio por un grupo de la SEMAR, que ingresó al terreno y a las diferentes casas donde viven ella y varios miembros de su familia; en tanto que la segunda mujer fue asegurada por 10 elementos de SEMAR cuando se encontraba como invitada en una reunión en la casa de otra persona.

Ambas mujeres fueron trasladadas en diversas camionetas y llevadas a un lugar en donde fueron objeto de diversos tratos crueles ocasionados por los elementos que las detuvieron.

Por otro lado, el 27 de noviembre de 2012 el menor de edad fue detenido por elementos de la SEMAR, sin que avisaran a sus padres, por lo que sus familiares acudieron ante diversas corporaciones y dependencias sin localizarlo.

Fue hasta el 30 de noviembre del mismo año que fue ubicado en las instalaciones de la agencia del Ministerio Público de la UMAN-COE, donde indicaron que había sido detenido por elementos de la Marina y que podrían verlo al día siguiente. No obstante, cuando regresaron, les comunicaron que el joven ya había sido trasladado al “tutelar para menores” y al verlo se percataron que presentaba signos de haber sido golpeado.

Las tres personas estuvieron detenidas por varias horas en un lugar oscuro, antes de ser puestas a disposición de la autoridad competente.

El 30 de noviembre y el 3 de diciembre del 2012, la CNDH recibió sendas quejas en las que se hicieron valer violaciones a derechos humanos de los agraviados, con lo que dio inicio al expediente de queja respectivo.

Concluida su investigación, este Organismo Nacional encontró elementos que permiten acreditar que servidores públicos vulneraron los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad y privacidad, libertad e integridad personales y al acceso a una vida libre de violencia, en el caso de las dos mujeres.

Por ello, la CNDH pide a Soberón Sanz se reparen los daños a los agraviados, en términos de la Ley General de Víctimas; se capacite al personal de la Armada de México en especial a los servidores públicos de la Tercera Zona Naval, en Coatzacoalcos, Veracruz, sobre la aplicación del Manual de Derechos Humanos para el personal de la Armada de México, y el Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas.

En particular se deberán abordar los derechos a la privacidad, a la libertad personal, a la integridad personal y al acceso a una vida libre de violencia, así como el uso adecuado de la fuerza.

También se solicitó colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia de hechos que promueva ante el titular de la Inspección y Contraloría General de Marina, de la SEMAR, y ante la Procuraduría General de la República, respectivamente, contra los servidores públicos que intervinieron en los hechos y quien resulte responsable, para que en el ámbito de su competencia se inicie la investigación que en derecho corresponda.

Se recomendó se giren instrucciones para que el personal médico adscrito a la SEMAR reciba un curso de capacitación en la elaboración de los certificados médicos que se realicen a las personas detenidas, especialmente para que no omitan describir y clasificar las lesiones que observen, ni eviten denunciar los hechos ante el Agente del Ministerio Púbico cuando presuman la violación del derecho a la integridad personal por parte de servidores públicos.

La Recomendación 30/2016, que ya fue debidamente notificada al destinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

josé

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