* El sistema de información estadística de México ha logrado destacables avances en la incorporación de la perspectiva de género
* En ocasiones, este tipo de datos sólo reafirman estereotipos que afectan los derechos de las personas
Ciudad de México.- Las estadísticas de género pueden convertirse en una herramienta que, en muchas ocasiones, reafirman estereotipos que afectan los derechos de hombres y mujeres, pues insisten en recalcar el rol que juega cada persona dentro de la sociedad, de acuerdo con un análisis elaborado por la especialista Susana Ramírez Hernández, publicada por el Instituto Belisario Domínguez (IBD) en la Revista Pluralidad y Consenso.
En el texto, se destaca la necesidad de que la información que se obtiene mediante estadísticas de género sea considerada de utilidad y se incorpore en procesos de investigación académica.
La especialista sugiere que esos datos se incluyan en actividades del sector privado, en la labor legislativa, así como en la planeación, elaboración y evaluación de las políticas públicas, con el objetivo de reducir las desigualdades de derechos entre mujeres y hombres.
Señala que el sistema de información estadística de México ha logrado destacables avances en la incorporación de la perspectiva de género en las estadísticas del país, por lo que actualmente es posible encontrar datos oficiales desagregados por sexo y edad, que permiten conocer las circunstancias y problemas relativos a mujeres y hombres en diversos temas.
“Se cuenta con una estructura institucional que se ha ido especializando en el tema y que ha formado parte de los esfuerzos internacionales que se han dado desde la ONU y la CEPAL”, no obstante, existen datos estadísticos que pueden crear estereotipos descriptivos de los roles o características recurrentes que se observan entre mujeres y hombres como: “las mujeres viven más años que los hombres” o “los hombres son de mayor estatura que las mujeres”.
Ramírez Hernández expone que en algunos casos la interpretación que se dé a un dato estadístico puede tener un efecto de reafirmación y generalización de estereotipos de género con severas repercusiones en el acceso a los derechos humanos de las personas.
Pone de ejemplo uno de los resultados de la Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT) de 2014, el cual muestra que las mujeres dedican 29 horas al cuidado de los integrantes del hogar sin recibir remuneración alguna en comparación con las 12 horas que le dedican los hombres.
Ello, puede interpretarse como si las mujeres tuvieran más “afinidad”, por pertenecer al género femenino, de asumir la responsabilidad en el cuidado de los hijos a diferencia de los hombres, lo que reafirma un estereotipo estadístico negativo para ellas, además las excluye de tener acceso a un empleo remunerado fuera del hogar, como en el caso de los hombres.
También comenta que aún existen instancias oficiales que no han adoptado una perspectiva de género en la elaboración de sus bases de datos o cifras. Por ejemplo, los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre incidencia delictiva en delitos del fuero común como homicidios, secuestro y extorsión, no contiene información de las víctimas de manera desagregada por sexo y edad.
Esto no permite una evaluación completa de las implicaciones diferenciadas que tanto para mujeres y hombres ha tenido la política de seguridad nacional vigente, subraya.
Otro ejemplo, expone, son las cifras sobre las actividades de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) respecto a sus expedientes de quejas, inconformidad, orientación y remisión, donde la información únicamente se desagrega como las quejas registradas y concluidas, lo que dificulta el análisis de cómo las mujeres y hombres acceden de manera igual o desigual a sus derechos.
Ante este panorama, la especialista considera fundamental lograr que la perspectiva de género permee a todas las instancias oficiales y que las estadísticas se conviertan en una herramienta para combatir las desigualdades entre mujeres y hombres, conocer sus problemáticas, circunstancias y necesidades particulares.
El artículo se puede consultar en: http://revista.ibd.senado.gob.mx/index.php/PluralidadyConsenso/article/view/402/388