Obligadas instancias públicas a informar sobre inversión y ejecución de obras, aún inconclusas

Instituto de Acceso a la Información
Sesión pública de resolución, atendieron solicitudes de Trinidad Vista Hermosa, Teposcolula y Unión Hidalgo
Toda instancia de gobierno está obligada a informar sobre el presupuesto asignado, inversiones parciales y ejecución relativa, aunque el programa y obra no hayan concluido, informó el Consejo General del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública de Oaxaca (IEAIP).

En sesión pública de resolución, los Comisionados Genaro Vásquez Colmenares, Soledad Rojas Walls y Raúl Ávila Ortiz desahogaron este martes el primer Recurso de Revisión del Ayuntamiento de Trinidad Vista Hermosa, Teposcolula.

Por ello, pidieron a las autoridades municipales de Trinidad Vista Hermosa completar al solicitante de información los datos y explicaciones requeridas sobre presupuesto, maquinaria y obras, que había negado aduciendo que sus ejecuciones no estaban concluidas.

En la ponencia del caso, Ávila Ortiz argumentó que todo lo pedido por el solicitante es información pública de oficio, establecida claramente en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, y “aunque las obras no se hayan concluido, sí existe información al respecto que se debe explicar a la ciudadanía, como licitaciones, montos presupuestados y expedientes técnicos”.

Sobre el Ayuntamiento de Unión Hidalgo, el Consejo General del órgano garante del Derecho a Saber en Oaxaca resolvió siete Recursos de Revisión, interpuestos por el mismo solicitante.

Reconocieron el agravio del sujeto obligado porque todo lo que requirió es información pública de oficio, por lo que en un plazo de 10 días hábiles, ese municipio deberá entregar a su propia costa desde directorio, remuneración mensual, presupuesto asignado, detalles de programas, informes de ejecución, marcos normativos, hasta contratos y convenios.

En la sesión pública de Resolución, los Comisionados del IEAIP también deliberaron sobre el Recurso de Revisión interpuesto en contra de la Auditoría Superior del Estado (ASE) por haber contestado al solicitante durante el procedimiento normal de acceso a la información, que la Auditoría al Ayuntamiento de Tlacolula de Matamoros en 2008 estaría disponible en la página web de la ASE, una vez que concluyera la reingeniería de la misma.

Sin embargo, pasó el tiempo y no estuvo disponible para el solicitante, éste se convirtió en recurrente llevándolo a juicio, pero durante el proceso legal, el sujeto obligado notificó que en línea ya se encontraba la información requerida, por lo que el ciudadano desistió del Recurso de Revisión, y en ese caso se sobreseyó.

josé

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