Urgente la resolución de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje respecto a la huelga sindical

* Existen inconsistencias de forma y de fondo: López Sánchez

Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- El abogado General de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), Héctor López Sánchez, informó que la tarde de este 26 de febrero se presentó un exhorto a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) para que, a la brevedad, emita la resolución de inexistencia de la huelga que mantiene el STEUABJO desde hace 26 días.

Esto en base al recurso que fue presentado ante dicha autoridad representada por Víctor Alberto Quiroz Arellanes, el pasado 3 de febrero, mismo que conforme a la ley contaba con dos días hábiles posteriores, para el desahogo de pruebas y la resolución debió darse el día 16 del mismo mes.

Ante el desfase de 11 días, López Sánchez manifestó que es urgente la emisión del dictamen por parte de la JLCA, para dar certidumbre a la gestión de la institución y reencauzar la vida académica de más de 26 mil estudiantes de bachillerato, licenciatura y posgrado que están sin clases.

Explicó que pueden ser validos los reclamos del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la UABJO (STEUABJO), sin embargo, “no podemos solventarlos porque no tenemos el recurso, la Federación no lo aprueba y el dinero que se percibe está fiscalizado”.

Por ello, se exige a la autoridad laboral, anteponga el derecho de la comunidad estudiantil a la educación y que actúe con prudencia, lo antes posible.

Agregó que la Universidad acreditó conforme a la ley, las pruebas suficientes para que la Junta tome una determinación, sobre todo porque existen inconsistencias de forma y de fondo en el documento de huelga.

“El sindicato no presentó las listas y las firmas de las y los trabajadores que estuvieron a favor de estallar la huelga el pasado 1 de febrero, que en términos legales corresponde”, detalló.

López Sánchez reiteró la exigencia de que la JLCA proceda sin mayor dilación al desahogo y admisión de las pruebas ofrecidas por las partes en conflicto, y a resolver el fondo de la incidencia planteada que permita el decreto de la inexistencia de huelga.

josé

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