* La magistrada explicó cómo esta visión ha orientado criterios sobre autogobierno, identidad comunitaria y ejercicio efectivo de la representación indígena en los ayuntamientos
* Llamó a las autoridades a conocer las prácticas de cada comunidad, escuchar a sus integrantes y acercar servicios de defensa especializada y gratuita
Ciudad de México.- El pluralismo jurídico debe entenderse de manera amplia para garantizar que los pueblos y comunidades indígenas accedan a la justicia y ejerzan plenamente sus derechos, sostuvo la magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Claudia Valle Aguilasocho.
Al impartir la conferencia magistral “Acceso a la justicia y pluralismo jurídico”, durante el XI Coloquio sobre Pueblos y Comunidades Originarias, explicó que los tribunales deben reconocer la coexistencia del orden jurídico estatal y los sistemas normativos indígenas al proteger los derechos de libre determinación, autogobierno y representación.
Señaló que reconocer los derechos es el punto de partida, respetarlos es una condición indispensable y garantizar su ejercicio pleno constituye la finalidad del sistema de justicia. Para ello, las autoridades deben conocer las normas, instituciones y procedimientos comunitarios, y verificar que las prácticas que toman en cuenta al resolver estén vigentes.
Este análisis requiere incorporar el conocimiento antropológico y social al análisis jurídico para comprender cómo se organiza cada comunidad, cómo elige a sus autoridades y cómo ejerce sus derechos. “No podemos asimilar, porque cada comunidad vive su propia realidad”, enfatizó.
Valle Aguilasocho ilustró esta visión con precedentes del Tribunal Electoral. Recordó que el caso de Cherán, resuelto en 2011, sentó las bases de la justicia electoral intercultural al garantizar el derecho de la comunidad a elegir a sus autoridades conforme a sus normas, procedimientos, prácticas y tradiciones, sin participación de partidos políticos.
Entre los criterios de este año, expuso el caso de San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco (SUP-REC-28/2026), sobre los requisitos para integrar su Concejo Autónomo. Explicó que la controversia atendió a la protección de la identidad comunitaria y la subsistencia del pueblo originario, así como al vínculo cultural entre sus autoridades y la comunidad.
También refirió el caso en el cual las comunidades de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio, en San Luis Potosí (SUP-REC-247/2026), solicitaron un procedimiento de consulta intercomunitaria con auxilio del OPLE para cambiar de sistema de partidos políticos a sistema normativo propio, en el cual el instituto electoral local había considerado que no tenía competencia.
Sobre San Francisco Cahuacuá, Oaxaca (SUP-REC-24/2026 y SUP-REC-27/2026), asunto del que fue ponente, dijo que la Sala Superior ordenó estudiar el cuestionamiento de validez y aplicación de un estatuto electoral comunitario.
Esta determinación dio lugar a un precedente muy relevante, en el sentido de que cuando una regla o estatuto pueda ser contrario a los sistemas normativos de la comunidad podrá impugnarse desde que se aprueba y también ante cada acto de aplicación.
Asimismo, reconoció a quienes promovieron los recursos SUP-REC-353/2026 y SUP-REC-355/2026, resueltos el 7 de octubre, para defender el ejercicio efectivo de la representación indígena como parte de las autoridades municipales, en condiciones de igualdad y no discriminación, incluida una remuneración digna.
Al dirigirse a las personas promoventes, destacó que el precedente sirve para comunidades de todo el país que cuentan con representación indígena en los ayuntamientos. “Ustedes han hecho un cambio histórico con ese litigio”, expresó.
Para hacer efectivo el acceso a la justicia, recordó el derecho a contar con traducción, asesoría, defensa y peritajes especializados en derechos indígenas.
Subrayó que las defensorías públicas electorales ofrecen asesoría y representación gratuitas, y señaló el compromiso institucional de acercar estos servicios a quienes los necesitan.
Al concluir, convocó a las autoridades a garantizar que quienes acudan a los tribunales, individual o colectivamente, reciban trato digno, escucha activa, atención puntual y una comprensión adecuada de su cosmovisión y sus derechos. “Escuchar, analizar y comprender es necesario”, puntualizó.
El coloquio se realizó con representantes de pueblos y comunidades del Estado de México, Michoacán y Querétaro. Fue organizado por la Sala Regional Toluca del TEPJF, el Instituto Electoral y el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, así como por el Gobierno estatal, a través del Instituto para la Atención de Comunidades Originarias. La conferencia fue moderada por el magistrado Omar Hernández Esquivel.
