Emite CNDH medidas cautelares en favor de personas que conformarán caravana migrante en Chiapas

* Solicitó a autoridades federales y estatales que, de manera coordinada, garanticen la atención humanitaria de urgencia

* Grupo de personas en contexto de migración internacional que, eventualmente, podría transitar en caravana por ese estado

Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó implementar medidas cautelares al Instituto Nacional de Migración (INM), la Guardia Nacional (GN), la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF); a las secretarías General de Gobierno, de Salud, de Seguridad y Protección Ciudadana del estado de Chiapas y a la Presidencia Municipal de Tapachula, ante la inminente organización y salida en caravana de personas en contexto de migración que se encuentran en dicha entidad.

Este Organismo Nacional Autónomo tuvo conocimiento de la inminente organización y salida de más de tres mil 700 personas en contexto de movilidad internacional, entre ellas niñas, niños y mujeres embarazadas, quienes se ubican en el municipio de Tapachula ante la falta de atención por parte de autoridades del INM y la Comar.

Asimismo, recibió una queja a través de la cual se reiteró que dicho grupo de personas -originarias, principalmente, de Venezuela, Haití, Colombia, República Dominicana, Cuba, Panamá, Ecuador, Guatemala, Nicaragua, Paraguay y Asia- tienen la intención de salir en caravana.

La mayoría ha esperado entre tres y cuatro meses la resolución de trámites migratorios para que se les entreguen constancias de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiados por parte de la Comar o bien, se les expidan visas por razones humanitarias por parte del INM.

La queja también refiere que aun cuando el INM en Chiapas tiene 100 ventanillas que utilizan el Sistema Electrónico de Trámites Migratorios (Setram) -con el cual se gestionan las visas humanitarias- no se han logrado satisfacer las necesidades de las personas en contexto de migración, por lo que personal del Instituto les indicó que ya no los atenderían, debido a que no había sistema y manifestaron su temor de ser criminalizados, detenidos o deportados.

Ante tal situación, la CNDH solicitó la implementación de medidas cautelares para que, de manera coordinada, dichas autoridades realicen todas las acciones necesarias que garanticen el otorgamiento de atención humanitaria de urgencia al grupo de personas en contexto de migración internacional referido que, eventualmente, podría transitar en caravana por ese estado.

De manera especial, la CNDH pide se les proporcione agua, suero hidratante, alimentación higiénica y adecuada, atención por parte de personal médico especializado y de primeros auxilios, medicamentos, insumos de aseo personal, entre otros, privilegiando a aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad.

Además, que se conforme un grupo multidisciplinario compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales y abogados, entre otros profesionales, para brindar protección integral a niñas, niños y adolescentes, determinando el interés superior de la niñez que ha ingresado a territorio nacional, a fin de que dicten las medidas de protección especiales que requieran, atendiendo a la situación específica de cada persona.

A la Secretaría de Salud de Chiapas se le solicitó que, durante el recorrido de la caravana migrante, tome las medidas adecuadas y necesarias para salvaguardar su salud, así como implementar acciones de prevención, atendiendo a la pandemia por Covid-19, entre las que sobresalen la distribución permanente de cubrebocas y gel antibacterial, suero hidratante y medicamentos necesarios.

Al INM se le requirió generar mesas de trabajo con la finalidad de agilizar los procedimientos de regularización migratoria, destinando para ello los recursos técnicos y humanos suficientes y, una vez expedidas las tarjetas respectivas, se garantice el libre tránsito por territorio nacional de las personas extranjeras beneficiarias.

En caso de que ese Instituto realice actividades de verificación migratoria -con apoyo o no de otras instancias federales, estatales o municipales- éstas deberán practicarse en el marco del respeto a los derechos humanos de las personas en contexto de migración y atendiendo el principio de no devolución; así como asegurar que a las personas que pretendan solicitar refugio les sea informado y respetado este derecho, iniciando de inmediato los trámites conducentes ante la Comar.

A la Guardia Nacional y SSPC de Chiapas se les requirió que cualquier actividad que lleven a cabo se efectúe en el marco irrestricto del respeto a los derechos humanos de todas las personas en contexto de movilidad internacional y, en caso tomar medidas de actuación en las que resulte imperioso el uso de la fuerza, dichas acciones se ejecuten en armonía con los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad, brindando seguridad y protección perimetral a las personas en contexto de migración de la referida caravana.

A la Comar se le pide atender a las personas en contexto de migración que soliciten la condición de refugiado, dando seguimiento y resolución de los procedimientos correspondientes, así como mantener informados a las y los solicitantes sobre el curso del trámite respectivo e implementar mecanismos que permitan agilizar la expedición, a favor de dichos solicitantes, de la Constancia de Trámite respectiva, con la finalidad de que, de manera coordinada con el INM, establezcan un lugar alternativo para su alojamiento.

Las medidas cautelares ya fueron debidamente notificadas a las citadas autoridades, por lo que la CNDH permanecerá atenta a su respuesta y, de ser aceptadas, dará seguimiento a la implementación y cumplimiento de las mismas.

josé

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